Se incorpora la reclamación electrónica en el sector ferroviario, sin eliminar el libro de reclamaciones
Título oficial: Real Decreto 448/2022, de 14 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Los usuarios podrán reclamar por medios electrónicos o mediante el libro de reclamaciones. Las empresas ferroviarias y los administradores de infraestructuras deberán ofrecer ambas vías y responder, por regla general, en el plazo de un mes.
Las aplicaciones electrónicas deberán permitir presentar reclamaciones, guardar un justificante con su contenido y fecha y hora, y facilitar el acceso al órgano de control e inspección. Las páginas web donde se compren o reserven billetes deberán incluir un enlace directo a la aplicación. También habrá libros de reclamaciones en los lugares indicados para las empresas ferroviarias y los administradores de infraestructuras.
- La reclamación debe presentarse dentro de los tres meses siguientes a los hechos. La entidad debe responder de forma motivada en un mes desde que la recibe. Si el caso lo justifica, podrá comunicar una fecha posterior de respuesta, que no puede superar tres meses desde la recepción.
- Se debe informar a los usuarios de la opción electrónica y ayudar a quienes necesiten asistencia para presentar la reclamación. El usuario puede acceder a los documentos del expediente y pedir información detallada sobre el procedimiento.
A quién afecta
- Usuarios del transporte ferroviario
- Administradores de infraestructuras ferroviarias
- Empresas ferroviarias
Qué cambia
- Se establecen dos vías para reclamar: por medios electrónicos o mediante el libro de reclamaciones.
- Las páginas web de compra o reserva de billetes deben enlazar directamente con la aplicación para reclamar.
- Se especifican los lugares donde los administradores de infraestructuras y las empresas ferroviarias deben tener libros u hojas de reclamaciones.
- Los formularios deben permitir conservar un justificante de la reclamación con su contenido, fecha y hora.
- Las entidades deben registrar en las aplicaciones electrónicas las reclamaciones recibidas mediante el libro y las respuestas correspondientes.
- El personal debe ayudar a rellenar el libro o a presentar una reclamación electrónica a quien lo solicite, especialmente a personas mayores o con discapacidad.
- Los lugares donde sea obligatorio disponer del libro deben mostrar un rótulo visible sobre esa disponibilidad y la posibilidad de reclamar electrónicamente, con un código que remita a la aplicación.
Qué hay que hacer
- Si desea reclamar, presente la reclamación por vía electrónica o mediante el libro dentro de los tres meses siguientes a los hechos.
Plazos
- Los usuarios podrán presentar sus reclamaciones dentro de los tres meses siguientes a los hechos.
- La entidad debe contestar en el plazo de un mes desde la recepción. Excepcionalmente, podrá indicar una fecha posterior, que no puede superar los tres meses desde la recepción.
- La Dirección General de Transporte Terrestre debe publicar las condiciones de las aplicaciones y formularios en el plazo máximo de tres meses contado desde la entrada en vigor de este real decreto.
- Los administradores de infraestructuras ferroviarias y las empresas ferroviarias ya existentes deberán tener las aplicaciones en funcionamiento en un plazo no superior a seis meses desde la publicación de esas condiciones.
Preguntas y respuestas
¿Puedo elegir cómo presentar una reclamación?
Sí. Puede reclamar por medios electrónicos o mediante el libro de reclamaciones.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Puede presentar la reclamación dentro de los tres meses siguientes a los hechos.
¿Cuánto tardarán en responder?
La entidad debe contestar en un mes desde que recibe la reclamación. Excepcionalmente, puede indicar una fecha posterior, que no puede superar los tres meses desde la recepción.
¿Puedo pedir ayuda para presentar una reclamación?
Sí. El personal debe ayudar a quien lo solicite, tanto para rellenar el libro como para presentar la reclamación electrónica.
¿Puedo consultar los documentos relacionados con mi reclamación?
Sí. Tiene derecho a acceder a los documentos que forman parte del expediente.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 448/2022
- Organismo
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Fecha de la norma
- 14 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 15 de junio de 2022
- En vigor desde
- 1 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-9845- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Administración electrónica · Administrador de Infraestructuras Ferroviarias · Consumidores y usuarios · Ferrocarriles · Formularios administrativos · Procedimiento administrativo · Quejas y sugerencias
Normas que cita o modifica
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 38/2015, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)