Real Decreto

Establece medidas sanitarias para prevenir y controlar la legionelosis en instalaciones que usan agua y pueden producir aerosoles

Título oficial: Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 22 de junio de 2022 BOE-A-2022-10297 55 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La norma fija medidas para reducir la proliferación y dispersión de la bacteria Legionella en instalaciones que pueden exponer a las personas. Sus titulares deben elegir un plan de prevención y control o un plan sanitario, y cumplir las obligaciones de mantenimiento, muestreo y formación que correspondan.

Se aplica a instalaciones que usan agua y pueden producir aerosoles con riesgo para la salud, durante su funcionamiento, pruebas o mantenimiento. Quedan excluidas las instalaciones en edificios dedicados exclusivamente a vivienda si no afectan al ambiente exterior; si se sospecha un riesgo para la población, la autoridad sanitaria puede exigir medidas de control.

El titular es responsable del cumplimiento, aunque contrate a una empresa externa. Debe controlar y prevenir la Legionella mediante un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL) o un Plan Sanitario frente a Legionella (PSL). Mientras el PSL no esté diseñado, planificado y validado con datos o resultados que acrediten su eficacia, debe mantenerse el PPCL. La documentación del PPCL se conservará al menos cinco años.

Los titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporativos deben notificar su puesta en funcionamiento y su cese a la autoridad sanitaria competente. La norma también establece obligaciones sobre análisis del agua, actuaciones ante casos o brotes, uso de desinfectantes y formación del personal. El texto facilitado no incluye los anexos, que contienen requisitos técnicos y de muestreo.

A quién afecta

  • Titulares de instalaciones que usan agua y pueden producir aerosoles, salvo las exclusiones previstas
  • Titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporativos
  • Empresas que realizan tareas de prevención y control de Legionella
  • Laboratorios que analizan Legionella y otros parámetros del agua
  • Personal propio o externo que realiza tareas de prevención y control de Legionella

Qué cambia

  • Los titulares de las instalaciones afectadas deben controlar y prevenir la Legionella mediante un PPCL o un PSL.
  • Los titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporativos deben notificar su puesta en funcionamiento y su cese a la autoridad sanitaria.
  • El PSL es opcional; hasta que esté diseñado, planificado y validado con datos o resultados que demuestren su eficacia, debe mantenerse el PPCL.
  • Los laboratorios que analicen Legionella mediante cultivo deben tener acreditados los métodos de análisis, con un plazo transitorio de dos años desde la entrada en vigor.
  • Se fijan obligaciones sobre la toma de muestras, los análisis del agua y la conservación durante al menos cinco años de la documentación y los registros del PPCL.
  • El personal implicado debe contar con formación adecuada a las tareas que realiza; el personal que efectúa tratamientos debe tener la cualificación profesional o el certificado de profesionalidad indicado.
  • Se establecen medidas ante casos o brotes, que pueden incluir limpieza y desinfección, paralización de la instalación o reformas estructurales.
  • Se establecen infracciones administrativas por incumplimientos de la norma.

Qué hay que hacer

  • El titular debe elaborar e implantar un PPCL o un PSL para la instalación afectada.
  • El titular de una torre de refrigeración o un condensador evaporativo debe notificar electrónicamente sus datos y características a la autoridad sanitaria en el plazo máximo de un mes desde su puesta en funcionamiento, y comunicar el cese definitivo o la baja en el plazo de un mes.
  • El titular debe acreditar ante la autoridad sanitaria la aplicación de las medidas que esta establezca y, si hay defectos estructurales, su corrección en el plazo fijado.
  • El titular debe garantizar que el personal propio o externo implicado cuenta con la formación requerida para sus tareas.

Plazos

  • Un año desde la entrada en vigor para actualizar el PPCL o implantar el PSL, según proceda.
  • Dos años, a partir de la entrada en vigor, para que los laboratorios acrediten sus métodos de análisis para determinar Legionella mediante cultivo.
  • Un plazo máximo de un mes desde la puesta en funcionamiento para notificar las torres de refrigeración y los condensadores evaporativos.
  • Un mes desde el cese definitivo de la actividad o la baja de la instalación para notificarlo.
  • Al menos cinco años desde su generación para conservar la documentación y los registros del PPCL.
  • Cinco años de validez prorrogada para los certificados de aprovechamiento indicados en la disposición transitoria tercera.
  • Entre los 15 y 30 días posteriores al tratamiento para tomar nuevas muestras tras reformas estructurales.
  • Remuestreo a los 15-30 días en las actuaciones de limpieza y desinfección de choque.

Preguntas y respuestas

¿A qué instalaciones se aplica?

A las que pueden convertirse en focos de exposición humana a Legionella durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento. Incluye instalaciones que usan agua y producen o pueden producir aerosoles.

¿Se aplica a las instalaciones de edificios de viviendas?

Quedan excluidas las instalaciones ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo de vivienda, siempre que no afecten al ambiente exterior. Si se sospecha un riesgo para la salud de la población, la autoridad sanitaria puede exigir medidas de control.

¿Qué plan debe tener el titular?

Puede optar por un PPCL o un PSL. Mientras el PSL no esté diseñado, planificado y validado mediante datos o resultados que demuestren su eficacia, debe mantener el PPCL.

¿Quién responde del cumplimiento si se contrata una empresa externa?

El titular de la instalación sigue siendo responsable de garantizar que esta no represente un riesgo para la salud pública. La empresa externa responde de las tareas que se le hayan contratado.

¿Cuándo hay que notificar una torre de refrigeración o un condensador evaporativo?

La puesta en funcionamiento debe notificarse en el plazo máximo de un mes. El cese definitivo de la actividad o la baja debe notificarse en el plazo de un mes.

¿Cuánto tiempo deben conservarse los registros del PPCL?

Deben conservarse durante, al menos cinco años desde su generación.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 487/2022
Organismo
Ministerio de Sanidad
Fecha de la norma
21 de junio de 2022
Publicada en el BOE
22 de junio de 2022
En vigor desde
2 de enero de 2023
Identificador
BOE-A-2022-10297
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Aguas · Análisis · Climatización · Contaminación de las aguas · Edificaciones · Enfermedades · Plantas e instalaciones frigoríficas · Reglamentaciones técnico sanitarias · Sanidad · Seguridad e higiene en el trabajo

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

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Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.