Cambia el reparto de fondos estatales a municipios para medidas contra la violencia de género
Título oficial: Real Decreto 503/2022, de 27 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, por el que se actualizan las cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de las transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de género.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma modifica cómo se distribuyen entre los municipios los fondos del Estado destinados a medidas del Pacto de Estado en materia de violencia de género. También regula qué ocurre con el dinero que queda sin gastar o sin comprometer.
El reparto se organiza en tres partes: 30 % se distribuye a partes iguales entre todos los municipios; 20 %, en proporción a su población; y el 50 % restante, atendiendo a la incorporación al Sistema VioGén y al número de mujeres usuarias de ATENPRO empadronadas en cada municipio. La parte vinculada a ATENPRO se divide en cuatro tramos: de 1 a 5, de 6 a 25, de 26 a 50 y más de 50 usuarias. Si un tramo queda vacío, su porcentaje se reparte a partes iguales entre los municipios que sí tengan usuarias empadronadas.
Los fondos que queden sin comprometer al terminar cada ejercicio mantienen su destino y se descuentan de nuevas transferencias una vez revisadas las justificaciones. Si se suprime del presupuesto siguiente el gasto o actuación correspondiente, primero se pagan las obligaciones pendientes y el sobrante se reintegra al Estado. Una vez finalizados los compromisos económicos del Pacto, el remanente se usa para pagar obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
A quién afecta
- Municipios que reciben fondos estatales para desarrollar competencias del Pacto de Estado en materia de violencia de género
Qué cambia
- El 30 % de los fondos se reparte a partes iguales entre todos los municipios.
- El 20 % se reparte según el número de habitantes de cada municipio.
- Del 50 % restante, un 30 % se reparte a partes iguales entre los municipios incorporados al Sistema VioGén.
- Del 50 % restante, un 70 % se distribuye según el número de usuarias de ATENPRO empadronadas, con cuatro tramos: de 1 a 5, de 6 a 25, de 26 a 50 y más de 50.
- Si no hay municipios en alguno de los tramos de ATENPRO, el porcentaje correspondiente se reparte a partes iguales entre los municipios que tengan usuarias empadronadas.
- Los remanentes mantienen su destino y se compensan con nuevas transferencias, con las reglas previstas para gastos suprimidos y para el final de los compromisos económicos del Pacto.
Preguntas y respuestas
¿Cómo se reparte el dinero entre los municipios?
El 30 % se reparte a partes iguales, el 20 % según la población y el 50 % restante según la incorporación al Sistema VioGén y las usuarias de ATENPRO empadronadas.
¿Cómo se distribuye la parte vinculada a las usuarias de ATENPRO?
Se divide en cuatro tramos: de 1 a 5, de 6 a 25, de 26 a 50 y más de 50 mujeres usuarias empadronadas. A cada tramo le corresponde un 25 % de esa parte.
¿Qué ocurre si no hay municipios en uno de los tramos de ATENPRO?
El porcentaje de ese tramo se reparte a partes iguales entre los municipios que tengan mujeres usuarias de ATENPRO empadronadas.
¿Qué ocurre con los fondos que quedan sin comprometer al final del ejercicio?
Mantienen el destino para el que fueron transferidos y se compensan con la cantidad que corresponda transferir al municipio tras la revisión de las justificaciones.
¿Qué pasa con el remanente si se suprime del presupuesto siguiente el gasto o la actuación?
Se destina primero a pagar obligaciones pendientes al final del ejercicio anterior. El sobrante no aplicado se reintegra al Estado.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 503/2022
- Organismo
- Ministerio de Igualdad
- Fecha de la norma
- 27 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 28 de junio de 2022
- En vigor desde
- 29 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10676- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Administración Local · Asistencia social · Créditos Presupuestarios · Municipios · Violencia de género
Normas que cita o modifica
- modifica los arts. 1 y 6 del Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 6/2018, de 3 de julio (en el BOE)
- Ley 7/1985, de 2 de abril (en el BOE)
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Real Decreto 1042/2021 (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)