Real Decreto

Actualiza las ayudas regionales para inversiones en Extremadura y amplía su vigencia hasta 2027.

Título oficial: Real Decreto 623/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 170/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 27 de julio de 2022 BOE-A-2022-12498 4 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma fija nuevos porcentajes máximos de ayuda según el tamaño de la empresa y mantiene disponible el régimen de incentivos hasta el 31 de diciembre de 2027. También establece cómo se resolverán las solicitudes que seguían pendientes al entrar en vigor.

Para las empresas, los incentivos podrán llegar hasta el 30 por ciento de la inversión aprobada para grandes empresas, el 40 por ciento para medianas y el 50 por ciento para pequeñas. Si la inversión aprobada supera 50 millones de euros, el límite se fijará según las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional.

La zona de promoción económica tendrá vigencia para solicitar ayudas hasta el 31 de diciembre de 2027. Los proyectos que reciban incentivos y puedan incluirse en una intervención del Fondo Europeo de Desarrollo Regional serán cofinanciados por ese Fondo; su titular tendrá la condición de beneficiario y deberá cumplir las obligaciones correspondientes.

Las solicitudes pendientes al entrar en vigor se resolverán con arreglo a la norma. Para las presentadas hasta el 31 de diciembre de 2021, el techo máximo de las ayudas se regirá por los porcentajes del Real Decreto 313/2015, de 24 de abril.

A quién afecta

  • Empresas que soliciten incentivos regionales para proyectos en Extremadura
  • Titulares de proyectos cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Qué cambia

  • Fija máximos de ayuda del 30 por ciento para grandes empresas, del 40 por ciento para medianas y del 50 por ciento para pequeñas, sobre la inversión aprobada.
  • Para proyectos con una inversión aprobada superior a 50 millones de euros, el porcentaje máximo se determina conforme a las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional.
  • Amplía hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para solicitar las ayudas.
  • Establece que determinados proyectos aprobados podrán recibir cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y que su titular tendrá la condición de beneficiario del Fondo.

Qué hay que hacer

  • Quien sea titular de un proyecto cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional debe cumplir las obligaciones derivadas de la condición de beneficiario.

Plazos

  • El plazo para solicitar las ayudas finaliza el 31 de diciembre de 2027.
  • Las solicitudes presentadas hasta el 31 de diciembre de 2021 que estuvieran pendientes al entrar en vigor se resolverán con los porcentajes máximos previstos en el Real Decreto 313/2015, de 24 de abril.

Preguntas y respuestas

¿Hasta cuándo se pueden solicitar estas ayudas?

Hasta el 31 de diciembre de 2027.

¿Qué porcentaje máximo puede recibir una empresa?

Hasta el 30 por ciento para grandes empresas, el 40 por ciento para medianas y el 50 por ciento para pequeñas, sobre la inversión aprobada.

¿Qué límite se aplica a proyectos con inversiones superiores a 50 millones de euros?

El porcentaje máximo se fijará conforme a lo establecido para los grandes proyectos de inversión en las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional.

¿Qué pasa con las solicitudes que estaban pendientes al entrar en vigor?

Se resolverán con arreglo a esta norma. Para las presentadas hasta el 31 de diciembre de 2021, el techo máximo de las ayudas seguirá los porcentajes establecidos en el Real Decreto 313/2015, de 24 de abril.

¿Qué obligaciones tiene quien recibe cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional?

El titular del proyecto asume la condición de beneficiario del Fondo y debe cumplir todas las obligaciones derivadas de esa condición.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 623/2022
Organismo
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Fecha de la norma
26 de julio de 2022
Publicada en el BOE
27 de julio de 2022
En vigor desde
28 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12498
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Ayudas · Comunidades Autónomas · Desarrollo regional · Extremadura · Fondo Europeo de Desarrollo Regional · Incentivos regionales · Industrias · Inversiones · Procedimiento administrativo

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (1)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.