Actualiza las reglas de acceso, títulos y evaluación de las enseñanzas artísticas y deportivas
Título oficial: Real Decreto 628/2022, de 26 de julio, por el que se modifican varios reales decretos para la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las enseñanzas artísticas y las enseñanzas deportivas, y la adecuación de determinados aspectos de la ordenación general de dichas enseñanzas.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma adapta la regulación de las enseñanzas artísticas y deportivas a los cambios de la legislación educativa. Modifica requisitos de acceso, denominaciones de títulos, documentos de evaluación y reglas sobre convalidaciones y homologaciones.
En artes plásticas y diseño, se actualizan las condiciones de acceso y las exenciones de pruebas. Puede servir como exención tener determinados títulos o, si se reúnen los requisitos académicos, acreditar al menos un año de experiencia laboral relacionada y presentar documentación que la justifique. También se regulan los efectos de los títulos y las convalidaciones.
En música y danza, se actualizan las denominaciones de títulos, los documentos académicos y las reglas de movilidad. Se elimina la expedición obligatoria de los libros de calificaciones, que conservan sus efectos de acreditación hasta la finalización del curso 2021-22. En las enseñanzas artísticas superiores, los títulos pasan a denominarse títulos de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores, equivalentes al título universitario de grado.
En las enseñanzas deportivas, se permite que para acceder se exijan pruebas específicas, méritos deportivos o experiencia profesional o deportiva. Además, se actualizan los requisitos para la prueba de acceso al grado superior y se elimina el límite de 10 años para las solicitudes individuales de homologación, convalidación y equivalencia.
A quién afecta
- Alumnado de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
- Alumnado de enseñanzas profesionales de música y danza
- Alumnado de enseñanzas artísticas superiores
- Alumnado de enseñanzas deportivas de régimen especial
- Personas que soliciten homologación, convalidación o equivalencia de formaciones deportivas
Qué cambia
- Para acceder a grado medio de artes plásticas y diseño se exige el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente y superar una prueba específica.
- Para acceder a grado superior de artes plásticas y diseño se exige Bachiller o Técnico o Técnica de Formación Profesional y superar una prueba específica. Quienes tengan el título de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño pueden acceder sin esa prueba.
- Se establecen exenciones de la prueba específica de acceso a artes plásticas y diseño para determinados titulados y para quienes acrediten, con los requisitos académicos, al menos un año de experiencia laboral relacionada.
- Los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño permiten acceso directo a estudios superiores de Diseño, Artes Plásticas y Conservación y Restauración de Bienes Culturales; cada Administración educativa fija el porcentaje de plazas para este acceso.
- Los títulos de las enseñanzas artísticas superiores pasan a denominarse títulos de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores y son equivalentes al título universitario de grado.
- Se actualizan los documentos de evaluación y movilidad de música y danza, y se suprime el modelo del libro de calificaciones.
- En las enseñanzas deportivas, para el acceso se pueden exigir pruebas específicas, méritos deportivos, experiencia profesional o deportiva, o una combinación de estas condiciones.
- Los títulos de música y danza de las nuevas denominaciones se aplican al alumnado que finalice sus estudios a partir del curso 2021-2022.
Qué hay que hacer
- Quien solicite una exención de la prueba de acceso a artes plásticas y diseño por experiencia laboral debe aportar una certificación de experiencia o vida laboral con la duración del contrato, la actividad y el periodo; si trabaja por cuenta propia, una certificación de alta en el censo de obligados tributarios.
- Quien acceda a las enseñanzas deportivas por la vía de la prueba de acceso al grado superior debe tener al menos 19 años dentro del año natural de realización de la prueba y el título de Técnico Deportivo en la modalidad o especialidad correspondiente.
Plazos
- Al menos un año de experiencia laboral para solicitar la exención de la prueba específica de acceso a artes plásticas y diseño.
- Las titulaciones de música y danza con la nueva denominación se aplican al curso escolar 2021-2022; las llevan quienes finalicen sus estudios a partir de dicho curso.
- Los títulos de enseñanzas artísticas superiores correspondientes a estudios finalizados en el curso 2020-21 y siguientes se expedirán con las nuevas denominaciones.
- Los libros de calificaciones de música y danza tienen efectos de acreditación hasta la finalización del curso 2021-22.
Preguntas y respuestas
¿Qué requisitos hay para acceder a grado medio de artes plásticas y diseño?
Se necesita el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o uno declarado equivalente y superar una prueba específica.
¿Se puede quedar exento de la prueba de acceso a artes plásticas y diseño por experiencia laboral?
Sí, si se tienen los requisitos académicos y al menos un año de experiencia relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo. Hay que presentar documentación que acredite esa experiencia.
¿Qué nombre tendrán los títulos de las enseñanzas artísticas superiores?
Se denominarán títulos de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores y serán equivalentes al título universitario de grado.
¿Hasta cuándo sirven los libros de calificaciones de música y danza?
Tienen efectos de acreditación hasta la finalización del curso 2021-22. Se cerrarán conforme a las instrucciones de la Administración educativa.
¿Qué edad se exige para la prueba de acceso al grado superior de enseñanzas deportivas?
Se requiere una edad mínima de 19 años, cumplida dentro del año natural de realización de la prueba, y el título de Técnico Deportivo de la modalidad o especialidad correspondiente.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 628/2022
- Organismo
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Fecha de la norma
- 26 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 27 de julio de 2022
- En vigor desde
- 28 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-12503- Última actualización en el BOE
- 5 de junio de 2026
Temas
Materias: Admisión de alumnos · Artes Plásticas y Diseño · Centros de enseñanzas artísticas · Certificaciones · Currículo · Danza · Deporte · Documentos · Educación · Enseñanza Artística · Formularios administrativos · Homologación de títulos académicos · Libro de Calificaciones · Música · Planes de estudios · Procedimiento administrativo · Títulos académicos y profesionales
Normas que cita o modifica
- modifica los anexos I.ter.A y IV.8 del Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre (en el BOE)
- modifica los arts. 7.1, 8, 11, 12, la disposición adicional 3.2, las referencias indicadas y AÑADE la disposición adicional 9 al Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre (en el BOE)
- modifica los arts. 30.1 y 2, 31.1, 34.2, las disposiciones adicionales 5.3, 15, transitorias 2.3, 4.2 y AÑADE la disposición adicional 16 al Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (en el BOE)
- modifica los arts. 5, 7.g), 14 a 16, 22, 23, 25 y la disposición adicional 5 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo (en el BOE)
- modifica los arts. 14 a 16, 19 y AÑADE la disposición adicional 4 al Real Decreto 85/2007, de 26 de enero (en el BOE)
- modifica los arts. 14 a 16, 19, SUPRIME el anexo III y AÑADE la disposición adicional 5 al Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (en el BOE)
- en relación con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (en el BOE)
- cita Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.