Real Decreto

Regula la organización y el funcionamiento del Consejo Consultivo del ingreso mínimo vital

Título oficial: Real Decreto 635/2022, de 26 de julio, por el que se regulan la organización y funciones del Consejo consultivo del ingreso mínimo vital.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 27 de julio de 2022 BOE-A-2022-12508 5 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

El Consejo reúne a representantes de la Administración General del Estado, del Tercer Sector y de organizaciones sindicales y empresariales. La norma concreta quién lo integra, qué funciones tiene y cómo trabaja.

El Consejo es un órgano de consulta y participación adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Entre sus tareas está aprobar un reglamento interno, a propuesta de la Presidencia y por mayoría absoluta, y velar por la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

El Pleno tiene Presidencia, Vicepresidencia y 24 Vocalías. Participan representantes de la Administración General del Estado, entidades o plataformas del Tercer Sector, y organizaciones sindicales y empresariales. Sus miembros no cobran por ejercer estas funciones; el ministerio aporta los medios y cubre los gastos con sus créditos existentes. La constitución y el funcionamiento del Consejo no aumentarán el gasto público.

A quién afecta

  • Representantes de la Administración General del Estado que integran el Consejo
  • Entidades o plataformas del Tercer Sector de Acción Social con representación en el Consejo
  • Organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal con representación en el Consejo

Qué cambia

  • El Consejo queda adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  • Se establece que tendrá 24 Vocalías y se detalla cómo se distribuyen entre la Administración General del Estado, el Tercer Sector y las organizaciones sindicales y empresariales.
  • Los representantes del Tercer Sector y de las organizaciones sindicales y empresariales serán designados por períodos de dos años, renovables por iguales períodos.
  • La sustitución temporal o suplencia de una Vocalía debe justificarse por escrito ante la Secretaría con un mínimo de veinticuatro horas de antelación.
  • El Consejo podrá crear grupos de trabajo, a propuesta de un tercio de sus miembros y con aprobación de la Presidencia.
  • Los miembros del Consejo no percibirán remuneración por sus funciones.

Plazos

  • Los representantes del Tercer Sector y de las organizaciones sindicales y empresariales serán designados por un período de dos años, que podrá ser renovado por iguales períodos de tiempo.
  • La sustitución temporal o suplencia de una Vocalía deberá comunicarse por escrito con un mínimo de veinticuatro horas de antelación a la sesión.

Preguntas y respuestas

¿Quiénes forman el Consejo?

La Presidencia, la Vicepresidencia, 24 Vocalías y una Secretaría. Las Vocalías incluyen representantes de la Administración General del Estado, del Tercer Sector y de organizaciones sindicales y empresariales.

¿Cuánto dura el nombramiento de los representantes del Tercer Sector y de las organizaciones sindicales y empresariales?

Dos años. El nombramiento puede renovarse por iguales períodos de tiempo.

¿Los miembros del Consejo cobran por ejercer sus funciones?

No. El texto establece que no percibirán remuneración alguna por el ejercicio de sus funciones.

¿Puede el Consejo crear grupos de trabajo?

Sí. La propuesta debe venir de un tercio de sus miembros y ser aprobada por la Presidencia.

¿El Consejo aumenta el gasto público?

No. Su constitución y funcionamiento no supondrán incremento alguno del gasto público.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 635/2022
Organismo
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Fecha de la norma
26 de julio de 2022
Publicada en el BOE
27 de julio de 2022
En vigor desde
28 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12508
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Consejos consultivos · Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones · Renta Mínima de Inserción

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.