Real Decreto

Se aclaran los acuerdos para recomendar límites en viñedos de denominaciones de origen y se aplazan dos medidas pesqueras en el Mediterráneo.

Título oficial: Real Decreto 664/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 2 de agosto de 2022 BOE-A-2022-12928 7 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Las recomendaciones sobre límites de plantación o restricciones de viñedo deben apoyarse en un acuerdo y en un estudio justificado. Para las denominaciones de origen supraautonómicas, basta con la aprobación del pleno de su órgano de gestión, y las discrepancias deben acompañar el acuerdo. También se aplaza la aplicación de dos requisitos pesqueros en el Mediterráneo.

Las recomendaciones sobre nuevas plantaciones y restricciones de viñedo deben basarse en estudios que demuestren el riesgo indicado en la norma. También pueden mencionar si se han aplicado medidas para intervenir en la oferta. Si una parte relevante discrepa, puede presentar por escrito sus motivos, que se trasladarán a la autoridad que decida.

En las denominaciones de origen protegidas de ámbito supraautonómico constituidas como corporaciones de derecho público, se considera que hay acuerdo cuando la recomendación cuenta con la aprobación del pleno de su órgano de gestión. La zona geográfica es toda la delimitada en el pliego de condiciones.

En el caladero Mediterráneo, el tamaño mínimo del copo de arrastre y las condiciones de balizamiento de los artes menores entrarán en vigor a los cuatro meses de la entrada en vigor del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio.

A quién afecta

  • Consejos Reguladores de denominaciones de origen protegidas
  • Partes representativas relevantes de zonas geográficas de denominaciones de origen protegidas
  • Sector pesquero del caladero Mediterráneo

Qué cambia

  • Las recomendaciones deben apoyarse en un estudio sobre el riesgo claramente demostrado de oferta excesiva de productos vinícolas o sobre la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una DOP, según el artículo aplicable.
  • En la justificación de las recomendaciones puede mencionarse si se han aplicado medidas de intervención en la oferta del producto de la DOP.
  • Las partes relevantes que discrepen pueden presentar por escrito sus motivos, que acompañarán el acuerdo para que la autoridad los valore.
  • En las DOP supraautonómicas constituidas como corporaciones de derecho público, se entiende que existe acuerdo si la recomendación recibe la aprobación del pleno del órgano de gestión.
  • Se considera zona geográfica toda la delimitada en el pliego de condiciones de la DOP.
  • En el caladero Mediterráneo, se retrasa la entrada en vigor del tamaño mínimo del copo de arrastre y de las condiciones de balizamiento de los artes menores.

Plazos

  • El tamaño mínimo del copo de arrastre en el caladero Mediterráneo entrará en vigor a los cuatro meses de la entrada en vigor del presente real decreto.
  • Las condiciones de balizamiento de los artes menores en el caladero Mediterráneo entrarán en vigor a los cuatro meses de la entrada en vigor del presente real decreto.

Preguntas y respuestas

¿Qué debe justificar una recomendación sobre viñedos?

Debe apoyarse en un estudio sobre el riesgo claramente demostrado de oferta excesiva de productos vinícolas o, según la recomendación, sobre la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una DOP.

¿Cómo se acredita el acuerdo en una DOP supraautonómica?

Se entiende que existe acuerdo cuando la recomendación cuenta con la aprobación del pleno del órgano de gestión, si la DOP está constituida como corporación de derecho público.

¿Qué puede hacer una parte relevante que discrepe?

Puede presentar un escrito con las razones de su discrepancia. El escrito debe acompañar el acuerdo para que lo valore la autoridad que tome la decisión.

¿Cuándo se aplican los dos requisitos pesqueros aplazados en el Mediterráneo?

El tamaño mínimo del copo de arrastre y las condiciones de balizamiento de los artes menores entrarán en vigor a los cuatro meses de la entrada en vigor del presente real decreto.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 664/2022
Organismo
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fecha de la norma
1 de agosto de 2022
Publicada en el BOE
2 de agosto de 2022
En vigor desde
3 de agosto de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12928
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Comercialización · Denominaciones de origen · Material de pesca · Mediterráneo · Pesca marítima · Producción alimentaria · Vinos · Viticultura

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.