Se crea una comisión para coordinar los actos del Bicentenario de la Policía Nacional y tramitar certificaciones de gastos
Título oficial: Real Decreto 665/2022, de 1 de agosto, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del Bicentenario de la Policía Nacional.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOESu vigencia ya se ha agotado. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.
Qué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La Comisión Nacional organizará y coordinará las actividades del Bicentenario de la Policía Nacional. También podrá certificar si determinados gastos se ajustan al programa, requisito para acceder a los beneficios fiscales previstos.
La Comisión estará adscrita al Ministerio del Interior y contará con varios órganos, entre ellos el Pleno, la Comisión Ejecutiva y la Comisión Técnica. La Fundación Policía Española recibirá y administrará las donaciones, que solo podrán destinarse a los planes y programas aprobados.
Quienes soliciten una certificación deberán presentar una solicitud dirigida a la Comisión Técnica. La Comisión Nacional se extinguirá una vez cumplidas sus funciones y, en todo caso, el 13 de junio de 2025.
A quién afecta
- Personas y entidades que soliciten certificaciones de gastos del programa del Bicentenario
- Entidades públicas, privadas y particulares que aporten fondos o colaboren en las actividades del Bicentenario
- La Fundación Policía Española, como destinataria y administradora de las donaciones
Qué cambia
- Se crea la Comisión Nacional para impulsar y coordinar las actividades del Bicentenario de la Policía Nacional.
- La Comisión podrá certificar que los gastos e inversiones se ajustan a los objetivos y planes de la conmemoración.
- La Fundación Policía Española será la destinataria y administradora de las donaciones para el programa.
- Las solicitudes de certificación se presentan ante la Comisión Técnica, por las vías previstas en el texto.
- La Comisión Nacional dejará de funcionar al cumplir sus tareas y, en todo caso, el 13 de junio de 2025.
- Los cargos de la Comisión serán honoríficos y no recibirán retribución.
Qué hay que hacer
- Quien necesite una certificación debe presentar una solicitud dirigida a la Comisión Técnica, con los modelos disponibles en la sede electrónica asociada de la Policía Nacional.
- Las personas y entidades obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración deben presentar la solicitud por esa sede electrónica o mediante el Registro Electrónico General.
- Quienes no estén obligados a relacionarse electrónicamente pueden presentar la solicitud por esas vías o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Plazos
- El programa de apoyo abarcará desde el 14 de enero de 2022 al 13 de enero de 2025.
- La solicitud de certificación debe presentarse hasta quince días después de la finalización del programa de apoyo al acontecimiento.
- El plazo máximo para resolver y notificar es de dos meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración General del Estado. El plazo puede suspenderse mientras se completa la documentación requerida.
- La Comisión Nacional se considerará extinguida, en todo caso, el 13 de junio de 2025.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede pedir la certificación de los gastos?
El texto permite solicitarla a las personas interesadas. La Comisión Técnica decide si procede expedirla.
¿Dónde se presenta la solicitud?
Se dirige a la Comisión Técnica. Quienes estén obligados a relacionarse electrónicamente deben presentarla por la sede electrónica asociada de la Policía Nacional o por el Registro Electrónico General.
¿Cuánto tiempo hay para presentar la solicitud?
Hasta quince días después de la finalización del programa de apoyo al acontecimiento.
¿Cuánto tarda la Comisión Técnica en resolver?
El plazo máximo es de dos meses desde que la solicitud entra en el registro electrónico de la Administración General del Estado. Ese plazo puede suspenderse si se requiere completar la documentación.
¿Qué ocurre si no se recibe respuesta dentro del plazo?
Se entiende cumplido el requisito de la certificación. La persona interesada puede pedir a la Administración tributaria el reconocimiento previo del beneficio fiscal y aportar una copia sellada de su solicitud.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 665/2022
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 1 de agosto de 2022
- Publicada en el BOE
- 2 de agosto de 2022
- En vigor desde
- 3 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-12929- Última actualización en el BOE
- 25 de febrero de 2026
Temas
Materias: Comisiones Interministeriales · Conmemoraciones · Cuerpo Nacional de Policía · Ministerio del Interior
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 27.2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (en el BOE)
- cita Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)