Real Decreto

Se aprueban los estatutos que organizan el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional

Título oficial: Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 2 de agosto de 2022 BOE-A-2022-12930 17 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma establece cómo se organiza y funciona este organismo autónomo, adscrito al Ministerio del Interior. Su finalidad es impartir formación universitaria al personal de la Policía Nacional y promover estudios e investigación de interés policial.

El Centro tendrá su sede principal en la Escuela Nacional de Policía, en Ávila, y podrá tener otras sedes. Podrá adscribirse a una o varias universidades públicas e impartir enseñanzas universitarias oficiales y propias, en las condiciones que establezcan los convenios correspondientes.

Los estatutos definen sus órganos de gobierno y asesoramiento, las funciones de su Dirección y su estructura. También regulan la docencia, el personal, la contratación, los bienes, la financiación, los presupuestos, las cuentas y los controles a los que estará sometido.

A quién afecta

  • Personal de la Policía Nacional que reciba formación universitaria del Centro
  • Personal funcionario, laboral y docente e investigador que preste servicios en el Centro
  • Universidades públicas que se adscriban al Centro

Qué cambia

  • Se aprueban los estatutos y se establece el funcionamiento del Centro como organismo autónomo adscrito al Ministerio del Interior.
  • El Centro impartirá formación universitaria al personal de la Policía Nacional y podrá promover estudios de grado, máster y doctorado e investigación de interés policial.
  • El Centro podrá adscribirse a una o varias universidades públicas.
  • Se establecen sus órganos de gobierno, ejecutivo y consultivo, así como sus funciones y estructura organizativa.
  • Se regula qué personal puede prestar docencia y el régimen aplicable al personal funcionario, laboral y docente e investigador.
  • Se fijan las fuentes de financiación del Centro y las reglas de gestión presupuestaria, contabilidad, cuentas y control.
  • Se modifica la regulación de los centros universitarios adscritos para exceptuar a este Centro del requisito de adscripción a una única universidad.
  • La Dirección del Centro se incluye entre los cargos para los que no es preciso tener la condición de funcionario.

Plazos

  • El organismo autónomo entrará en funcionamiento efectivo el día siguiente al de la publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
  • El Consejo Rector celebrará sesiones como mínimo dos veces al año.
  • El Consejo Académico se reunirá ordinariamente cada cuatro meses.
  • Las cuentas anuales se formularán en un plazo de tres meses desde el cierre del ejercicio económico.
  • Las cuentas anuales se someterán al Consejo Rector para su aprobación dentro del primer semestre del año siguiente al que se refieran.
  • La Presidencia rendirá las cuentas anuales al Tribunal de Cuentas en el plazo de siete meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.

Preguntas y respuestas

¿A quién está dirigido el Centro?

Su finalidad es impartir al personal de la Policía Nacional formación correspondiente a estudios universitarios.

¿Qué estudios podrá impartir?

Podrá impartir enseñanzas para obtener títulos universitarios oficiales y promover títulos de Grado, Máster y Doctorado en ámbitos de interés de la Policía Nacional.

¿Dónde estará la sede principal?

En la Escuela Nacional de Policía, en la ciudad de Ávila. El Centro también podrá disponer de otras sedes.

¿Puede adscribirse a más de una universidad?

Sí. Podrá adscribirse a una o varias universidades públicas.

¿Quién podrá impartir docencia?

Personal destinado a esos fines en centros docentes de la Policía Nacional que reúna alguna de las titulaciones indicadas, personal docente e investigador contratado y profesorado de la universidad o universidades de adscripción.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 666/2022
Organismo
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Fecha de la norma
1 de agosto de 2022
Publicada en el BOE
2 de agosto de 2022
En vigor desde
3 de agosto de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12930
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Centros de enseñanza · Cuerpo Nacional de Policía · Enseñanza Universitaria · Organismos autónomos · Organización de la Administración del Estado

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (13)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.