Se conceden 6,5 millones de euros a Canarias para ayudas de enseres básicos a familias afectadas por el volcán de La Palma
Título oficial: Real Decreto 747/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para complementar la financiación de la adquisición de enseres domésticos de primera necesidad destinados a las familias afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El Estado concede directamente a la Comunidad Autónoma de Canarias una subvención de hasta 6.500.000 euros. Canarias debe destinarla a ayudas para que las familias cuya vivienda habitual perdió o sufrió daños que impiden usarla puedan adquirir enseres domésticos básicos.
La ayuda se dirige a familias residentes en La Palma cuya vivienda siniestrada era su residencia habitual y que sean propietarias, arrendatarias o tengan derecho a usarla por otro título. Los enseres cubiertos son muebles y elementos básicos para las necesidades esenciales de habitabilidad. La ayuda puede cubrir el coste total de adquisición, incluidos los gastos e impuestos inherentes.
Las ayudas son incompatibles con las reguladas para vivienda y enseres en el Real Decreto 307/2005. Además, no pueden superar la diferencia entre el daño producido y otras ayudas, indemnizaciones o seguros compatibles o complementarios por el mismo concepto. Las personas que reciban estas ayudas quedan exentas de los requisitos del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
A quién afecta
- Familias de La Palma cuya vivienda habitual perdió o sufrió daños que impiden su disfrute por la erupción volcánica
Qué cambia
- Se concede directamente a la Comunidad Autónoma de Canarias una subvención de hasta 6.500.000 euros, financiada íntegramente por la Administración General del Estado.
- Los fondos deben financiar ayudas para adquirir muebles y elementos básicos de equipamiento doméstico.
- Las ayudas son incompatibles con las de vivienda y enseres reguladas en el Real Decreto 307/2005.
- La ayuda no puede superar la diferencia entre el daño y otras ayudas, indemnizaciones o seguros compatibles o complementarios por el mismo concepto.
- Las personas beneficiarias deben acreditar residencia en La Palma, que la vivienda dañada era su residencia habitual y que tienen derecho sobre ella como propietarias, arrendatarias o por otro título.
- Las personas beneficiarias quedan exentas de los requisitos del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
Qué hay que hacer
- Las personas que soliciten la ayuda deben acreditar que residen en La Palma, que la vivienda dañada era su residencia habitual antes del siniestro y que son propietarias, arrendatarias o tienen derecho a usarla por otro título. El texto no indica dónde ni en qué plazo deben hacerlo.
Plazos
- La Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un plazo máximo de veinte días desde la notificación de la resolución para aceptar expresamente la subvención.
- Canarias debe financiar las ayudas a las familias en el plazo máximo de un año desde la notificación de la resolución de concesión.
- El plazo máximo para presentar la documentación justificativa es de dos años desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Preguntas y respuestas
¿Quién recibe directamente la subvención?
La Comunidad Autónoma de Canarias. Debe destinar íntegramente los fondos a financiar las ayudas a las familias afectadas.
¿Qué bienes se pueden comprar con la ayuda?
Muebles y elementos del equipamiento doméstico básico para cubrir las necesidades esenciales de habitabilidad de la vivienda. Se incluyen los gastos e impuestos inherentes a la adquisición.
¿Quién puede recibir las ayudas?
Personas residentes en La Palma cuya vivienda dañada era su residencia habitual antes del siniestro y que sean propietarias, arrendatarias o tengan derecho a usarla por otro título.
¿Se puede cobrar esta ayuda junto con otra por los mismos daños?
Es incompatible con las ayudas para vivienda y enseres reguladas en el Real Decreto 307/2005. Además, su importe no puede superar la diferencia entre el daño y otras ayudas, indemnizaciones o seguros compatibles o complementarios por el mismo concepto.
¿Cuál es el importe máximo de la subvención?
La subvención tiene un importe máximo de 6.500.000 euros y está financiada en su totalidad por la Administración General del Estado.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 747/2022
- Organismo
- Ministerio del Interior
- Fecha de la norma
- 13 de septiembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 14 de septiembre de 2022
- En vigor desde
- 15 de septiembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-14966- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Ajuar · Ayudas · Canarias · Catástrofes · Dirección General de Protección Civil y Emergencias · Muebles · Subvenciones · Viviendas
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto 820/2021, de 28 de septiembre (en el BOE)
- de conformidad con la Ley 17/2015, de 9 de julio (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo (en el BOE)
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)