Real Decreto

Concede subvenciones directas en 2022 a tres entidades culturales para actividades escénicas y musicales

Título oficial: Real Decreto 751/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para la promoción de las artes escénicas y musicales en el año 2022.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 14 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-14969 9 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

El INAEM concede ayudas por un total de 450.000 euros a tres entidades para sus festivales y actividades culturales. Las entidades deben solicitar la subvención y justificar después cómo han utilizado el dinero.

Las ayudas son de 100.000 euros para Joventuts Musicals de Torroella de Montgrí, 250.000 euros para la Fundació La Ciutat Invisible y 100.000 euros para el Centro de Iniciativas y Turismo de Tolosa. Se conceden directamente, sin convocatoria pública, por el interés público, social y cultural de las actividades.

Las entidades deben dedicar el dinero a las actividades indicadas en la norma y cumplir las condiciones de gasto, difusión y control. La actividad debe realizarse dentro del plazo fijado en la resolución, que no puede terminar después del 31 de diciembre de 2022. Después, deben presentar una memoria de actividades y económica, un informe de auditor y otros documentos justificativos.

A quién afecta

  • Joventuts Musicals de Torroella de Montgrí
  • Fundació La Ciutat Invisible
  • Centro de Iniciativas y Turismo de Tolosa

Qué cambia

  • Se concede una subvención de 100.000 euros para el Festival de Torroella de Montgrí.
  • Se concede una subvención de 250.000 euros para el Festival Temporada Alta de Girona, Festival de Tardor de Cataluña.
  • Se concede una subvención de 100.000 euros para las actividades del Centro Internacional del Títere de Tolosa, TOPIC.
  • Las ayudas son compatibles con otras fuentes de financiación si el total no supera el coste de la actividad; no son compatibles con otras ayudas del INAEM en concurrencia competitiva para la misma finalidad.
  • Las entidades deben informar al INAEM de otras ayudas o ingresos para la misma actividad, tan pronto como los conozcan y antes de justificar los fondos.

Qué hay que hacer

  • Presentar la solicitud en el registro electrónico de la sede electrónica asociada del Ministerio de Cultura y Deporte, con la documentación indicada, en el plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor.
  • Si reciben una propuesta de concesión, aceptarla o presentar alegaciones en el plazo de diez días; si no lo hacen, se entenderá que renuncian.
  • Realizar la actividad subvencionada dentro del plazo fijado en la resolución, que no puede terminar después del 31 de diciembre de 2022.
  • Presentar la justificación de los gastos y actividades en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para realizar la actividad.
  • Indicar en los materiales de difusión que la actividad se realiza en colaboración con el INAEM e incluir su imagen institucional.

Plazos

  • Plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor para presentar la solicitud.
  • Diez días para aceptar la propuesta de resolución o presentar alegaciones.
  • La actividad debe terminar, como máximo, el 31 de diciembre de 2022.
  • Tres meses desde la finalización del plazo para realizar la actividad para presentar la justificación.
  • Tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico para resolver y notificar la concesión.

Preguntas y respuestas

¿Qué entidades reciben las subvenciones?

Joventuts Musicals de Torroella de Montgrí, la Fundació La Ciutat Invisible y el Centro de Iniciativas y Turismo de Tolosa.

¿Qué cantidades se conceden?

100.000 euros, 250.000 euros y 100.000 euros, respectivamente.

¿Dónde y cuándo hay que presentar la solicitud?

En el registro electrónico de la sede electrónica asociada del Ministerio de Cultura y Deporte, en el plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor.

¿Se pueden combinar estas subvenciones con otras ayudas?

Sí, siempre que la financiación total no supere el coste de la actividad. No son compatibles con otras ayudas del INAEM en concurrencia competitiva destinadas a la misma finalidad.

¿Cuándo hay que justificar el uso de la subvención?

En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo concedido para realizar la actividad.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 751/2022
Organismo
Ministerio de Cultura y Deporte
Fecha de la norma
13 de septiembre de 2022
Publicada en el BOE
14 de septiembre de 2022
En vigor desde
15 de septiembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-14969
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Cataluña · Fundaciones · Ministerio de Cultura y Deporte · Navarra · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.