Real Decreto

Aprueba las reglas de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil

Título oficial: Real Decreto 785/2022, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 28 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-15760 14 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

El reglamento establece cómo se compone y qué funciones tiene el Consejo de la Guardia Civil. También fija las reglas para sus vocales, reuniones, comisiones, acuerdos y acceso a la información.

El Consejo reúne a representantes del personal de la Guardia Civil y de la Administración General del Estado para contribuir a mejorar las condiciones profesionales y el funcionamiento del Cuerpo. El reglamento fija sus funciones, los derechos y deberes de las vocalías y las causas y procedimientos para sustituirlas.

Establece cuatro comisiones: la Preparatoria, la de Riesgos Laborales, la de Normativa y del Estatuto Profesional, y la de Igualdad y Diversidad. También regula las convocatorias, la celebración de reuniones presenciales o a distancia, la adopción de acuerdos y las actas. El acceso de las vocalías a la información tiene límites, entre ellos la información operativa clasificada y los expedientes disciplinarios, salvo los que deba informar el Consejo.

El nuevo reglamento sustituye al aprobado en 2010. Las medidas se atenderán con los medios personales y materiales existentes y no podrán generar incremento de gasto público.

A quién afecta

  • Miembros de la Guardia Civil que ejercen como vocales del Consejo
  • Representantes de la Administración General del Estado que integran el Consejo
  • Asociaciones profesionales y agrupaciones de electores con representación en el Consejo

Qué cambia

  • Aprueba un nuevo reglamento para organizar y regular el funcionamiento interno del Consejo.
  • Establece las funciones del Consejo, incluidas la emisión de informes sobre determinados expedientes disciplinarios y el análisis de propuestas sobre riesgos laborales.
  • Regula los derechos y deberes de las vocalías, incluido el acceso a información necesaria para sus funciones, con las exclusiones previstas.
  • Fija las causas de pérdida de la condición de vocal y las reglas para sustituciones temporales y definitivas.
  • Crea cuatro comisiones: Preparatoria, de Riesgos Laborales, de Normativa y del Estatuto Profesional, y de Igualdad y Diversidad.
  • Regula las reuniones del Pleno y las comisiones, las convocatorias, los acuerdos y las actas; permite sesiones a distancia.
  • Deroga el reglamento anterior, aprobado por el Real Decreto 751/2010.

Plazos

  • El mandato de quienes integran el Consejo dura cuatro años.
  • El Pleno se reúne en sesión ordinaria al menos una vez cada tres meses.
  • Las sesiones extraordinarias solicitadas por una tercera parte de las vocalías se celebran en un plazo máximo de quince días hábiles desde el registro de la última solicitud necesaria.
  • La convocatoria se envía con una antelación mínima de diez días hábiles para reuniones ordinarias y de tres para las extraordinarias, salvo urgencia debidamente motivada.
  • La información sobre los asuntos del orden del día estará disponible con una antelación de tres días hábiles.
  • Las solicitudes de información tienen un plazo máximo de respuesta de un mes, ampliable otro mes si el volumen o la complejidad lo requiere.
  • Si se deniega el acceso a información, la persona solicitante puede reiterar la solicitud en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la contestación o a la finalización del plazo para responder.
  • El voto particular por escrito se presenta en el plazo de dos días hábiles.

Preguntas y respuestas

¿Quién forma parte del Consejo?

Lo integran, bajo la presidencia de la persona titular del Ministerio del Interior o de quien delegue, vocales elegidos en representación del personal de la Guardia Civil y representantes de la Administración General del Estado.

¿Qué funciones tiene el Consejo?

Entre otras, ejerce las funciones previstas en la Ley Orgánica 11/2007, emite el informe previsto para determinados expedientes disciplinarios y analiza propuestas sobre prevención de riesgos laborales.

¿Qué información pueden consultar las vocalías?

Pueden acceder a la información que necesiten y sea útil para sus funciones, con las exclusiones previstas, como la información operativa clasificada y los expedientes disciplinarios, salvo los que sean objeto de informe por el Consejo.

¿Con qué frecuencia se reúne el Pleno?

En sesión ordinaria, al menos una vez cada tres meses. También puede reunirse de forma extraordinaria.

¿Se pueden celebrar reuniones a distancia?

Sí. La Presidencia puede acordar convocatorias y sesiones a distancia si se aseguran la identidad de las personas participantes, la comunicación en tiempo real y los demás requisitos establecidos.

¿Quién paga la asistencia de personas expertas o asesoras?

Su asistencia no puede conllevar ningún tipo de gasto para la Administración.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 785/2022
Organismo
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Fecha de la norma
27 de septiembre de 2022
Publicada en el BOE
28 de septiembre de 2022
En vigor desde
29 de septiembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-15760
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Consejos consultivos · Cuerpo de la Guardia Civil · Negociación colectiva · Organización de la Administración del Estado

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (7)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.