Real Decreto

Concede directamente una subvención para promover actividades culturales sobre tecnologías 5G y 6G

Título oficial: Real Decreto 788/2022, de 27 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 29 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-15821 12 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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La Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation puede recibir una subvención de hasta 600.000 euros para organizar actividades culturales que promocionen las tecnologías 5G y 6G. La ayuda cubre el 80 % de los costes subvencionables y las actuaciones deben ejecutarse dentro del plazo establecido.

La ayuda se concede directamente a la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation para financiar exposiciones, conferencias, eventos, talleres, reuniones y otras actividades culturales relacionadas con las tecnologías 5G y 6G. El importe máximo es 600.000 euros y la subvención cubre el 80 % de los costes subvencionables.

Las actuaciones deben empezar después de presentar la solicitud y ejecutarse desde la notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2022. La fundación debe solicitar y aceptar la ayuda en el plazo previsto, justificar los gastos y cumplir las obligaciones de contabilidad, publicidad y conservación de documentos.

A quién afecta

  • Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation

Qué cambia

  • Autoriza la concesión directa de la subvención a la Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation.
  • Fija un importe máximo de 600.000 euros para 2022 y una financiación del 80 % de los costes subvencionables.
  • Permite financiar actividades culturales para promocionar las tecnologías 5G y 6G, como exposiciones, conferencias, eventos, talleres y reuniones.
  • Establece que las actuaciones no pueden haber comenzado antes de presentar la solicitud.
  • Fija el plazo de ejecución entre la notificación de la resolución de concesión y el 31 de diciembre de 2022.
  • Exige justificar la subvención mediante una cuenta justificativa acompañada de un informe de auditoría contable y técnica.
  • Establece un límite máximo de subcontratación del 50% del presupuesto financiable.

Qué hay que hacer

  • La fundación debe solicitar y aceptar expresamente la subvención, mediante escrito dirigido a la persona titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el plazo de 5 días hábiles desde la entrada en vigor.
  • Debe presentar con la solicitud una memoria técnico-económica, un presupuesto detallado y las certificaciones y declaraciones exigidas por el real decreto.
  • Debe presentar la documentación justificativa a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023.
  • Debe comunicar a la Secretaría de Estado cualquier otra ayuda, ingreso o recurso para las actividades subvencionadas, tan pronto lo conozca y antes de justificar el uso de los fondos.
  • Debe conservar la documentación justificativa, incluidos los registros contables, durante un plazo mínimo de 10 años.

Plazos

  • La solicitud y aceptación deben presentarse en el plazo de 5 días hábiles desde la entrada en vigor de este real decreto.
  • Las actuaciones deben ejecutarse desde la notificación de la resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • La documentación justificativa debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023.
  • La documentación justificativa debe conservarse durante al menos diez años a partir de la fecha de concesión de la ayuda.

Preguntas y respuestas

¿Quién recibe la subvención?

La Fundación Barcelona Mobile World Capital Foundation.

¿Cuál es el importe máximo de la ayuda?

El máximo es 600.000 euros para el año 2022. La subvención será el 80 % de los costes subvencionables.

¿Qué actividades se pueden financiar?

Actividades culturales destinadas a promocionar las tecnologías 5G y 6G, como exposiciones, conferencias, eventos, talleres, workshops o reuniones.

¿Cuándo deben realizarse las actuaciones?

Entre la notificación de la resolución de concesión y el 31 de diciembre de 2022. No pueden haber comenzado antes de presentar la solicitud.

¿Cuándo debe justificarse la ayuda?

La documentación justificativa debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

¿Se pueden recibir otras ayudas para las mismas actividades?

Sí, si la suma de las ayudas no supera el coste de la actividad y se respetan las condiciones sobre costes e importes máximos. La fundación debe comunicar las otras ayudas a la Secretaría de Estado.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 788/2022
Organismo
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Fecha de la norma
27 de septiembre de 2022
Publicada en el BOE
29 de septiembre de 2022
En vigor desde
30 de septiembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-15821
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Barcelona · Congresos · Fundaciones · Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales · Subvenciones · Telefonía móvil

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.