Real Decreto

Se incorporan nueve cualificaciones profesionales al catálogo nacional en cuatro familias profesionales

Título oficial: Real Decreto 884/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 9 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-18346 455 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

La norma añade nueve cualificaciones profesionales de Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Se aplican en todo el territorio nacional y no regulan profesiones reguladas.

Las cualificaciones incorporadas son de niveles 2 y 3. Incluyen pesca-turismo, desarrollo de productos basados en cadenas de bloques, modelado BIM, digitalización del mantenimiento industrial, fabricación inteligente, mantenimiento de vehículos híbridos y eléctricos, mantenimiento de sistemas ferroviarios y supervisión de la seguridad de la estiba en carretera.

La norma establece que las especificaciones de cada cualificación figuran en anexos, pero esos anexos no están incluidos en el texto facilitado.

A quién afecta

  • Personas interesadas en cualificaciones profesionales de Hostelería y Turismo
  • Personas interesadas en cualificaciones profesionales de Informática y Comunicaciones
  • Personas interesadas en cualificaciones profesionales de Instalación y Mantenimiento
  • Personas interesadas en cualificaciones profesionales de Transporte y Mantenimiento de Vehículos

Qué cambia

  • Se incorpora al catálogo la cualificación de Pesca-turismo, nivel 2.
  • Se incorpora la cualificación de Desarrollo de productos basados en cadenas de bloques Blockchain, nivel 3.
  • Se incorporan tres cualificaciones de Instalación y Mantenimiento, todas de nivel 3: metodología colaborativa BIM, digitalización del mantenimiento industrial y fabricación inteligente.
  • Se incorporan cinco cualificaciones de Transporte y Mantenimiento de Vehículos: una de nivel 2 y cuatro de nivel 3, relacionadas con vehículos híbridos y eléctricos, sistemas ferroviarios y estiba en carretera.
  • Las cualificaciones tienen validez y aplicación en todo el territorio nacional.
  • Las cualificaciones no constituyen la regulación de ninguna profesión regulada.

Preguntas y respuestas

¿Qué cualificaciones profesionales se incorporan?

Se incorporan nueve cualificaciones de las familias de Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.

¿En qué territorios se aplican?

Tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional.

¿Estas cualificaciones regulan profesiones?

No. El texto indica que no constituyen una regulación de profesión regulada alguna.

¿Dónde se describen las especificaciones de cada cualificación?

En los anexos indicados para cada cualificación, que no están incluidos en el texto facilitado.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 884/2022
Organismo
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Fecha de la norma
18 de octubre de 2022
Publicada en el BOE
9 de noviembre de 2022
En vigor desde
10 de noviembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-18346
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales · Electricidad · Enseñanza de Formación Profesional · Formación profesional · Industrias · Informática · Mecánica · Títulos académicos y profesionales · Transporte de mercancías · Turismo

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.