Real Decreto

Regula las ayudas para mejorar la producción y comercialización de los productos apícolas en España

Título oficial: Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 26 de octubre de 2022 BOE-A-2022-17476 25 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma establece ayudas para el sector apícola dentro del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. Define quién puede solicitarlas, qué actuaciones pueden financiarse y cómo se tramitan y pagan.

Las ayudas pueden financiar, entre otras actuaciones, la lucha contra enfermedades de las colmenas, la adaptación al clima, la trashumancia, los análisis de productos apícolas y la mejora de su calidad y comercialización. Se conceden en concurrencia competitiva y las solicitudes se valoran con criterios de prioridad.

Pueden solicitarlas titulares de explotaciones apícolas y agrupaciones cuyos integrantes cumplan los requisitos. La gestión corresponde, con carácter general, a las comunidades autónomas. Las actuaciones deben solicitarse y ejecutarse en la misma campaña apícola, salvo los proyectos de investigación, que pueden ser trienales.

A quién afecta

  • Titulares de explotaciones apícolas
  • Agrupaciones de apicultores/as
  • Organismos de investigación especializados que soliciten ayudas para proyectos de investigación apícola

Qué cambia

  • Establece un nuevo régimen de ayudas a la apicultura dentro del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
  • Financia actuaciones de asesoramiento, formación, control de enfermedades, adaptación al clima, repoblación de colmenas, trashumancia, análisis, comercialización y mejora de la calidad.
  • Exige que los titulares lleven realizando la actividad antes del 1 de enero del año de solicitud, salvo las excepciones previstas para cambios de titularidad, figuras asociativas y explotaciones compartidas.
  • Exige cumplir las normas sobre sanidad y registro de explotaciones apícolas, y disponer de un seguro de responsabilidad civil relacionado con la actividad.
  • Limita a una vez por campaña apícola la ayuda para una misma acción sobre una misma colmena.
  • Declara incompatibles las ayudas de esta norma con otras ayudas para la misma finalidad y objeto.
  • Deroga el Real Decreto 930/2017 y la Orden AAA/2571/2015 desde el día 2 de enero de 2023.

Qué hay que hacer

  • Presentar la solicitud ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde esté registrada la explotación o la agrupación, según la convocatoria.
  • Incluir en la solicitud la identificación, el número de colmenas, la documentación exigida para acreditar los requisitos y las acciones y gastos correspondientes.
  • Presentar la solicitud de pago dentro del plazo que establezca la convocatoria y aportar la documentación justificativa que corresponda.
  • Facilitar los controles que se consideren necesarios.

Plazos

  • Las acciones deben solicitarse y ejecutarse en la misma campaña apícola; las del tipo de intervención e) podrán tener carácter trienal.
  • La primera campaña de aplicación tendrá una duración comprendida entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2023.
  • La actividad apícola debe haberse iniciado antes del 1 de enero del año de presentación de la solicitud, salvo las excepciones previstas.
  • Las solicitudes de modificación deben presentarse antes de la fecha de solicitud del pago final.
  • La resolución de pago y el pago material deben realizarse antes del 16 de octubre del año de la convocatoria, salvo los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015.
  • Si no se notifica resolución en el plazo de seis meses, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Preguntas y respuestas

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Titulares de explotaciones apícolas, personas físicas o jurídicas y entes sin personalidad jurídica, además de agrupaciones cuyos integrantes cumplan los requisitos. Para proyectos de investigación apícola, pueden solicitarlas organismos de investigación especializados conforme a su normativa específica.

¿Qué gastos o actuaciones pueden recibir ayuda?

Entre otras, asesoramiento y formación, tratamientos contra enfermedades de las colmenas, adaptación a fenómenos climáticos, repoblación, trashumancia, análisis de productos, comercialización y mejora de la calidad.

¿Dónde se presenta la solicitud?

Ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde esté registrada la explotación o la agrupación, conforme a la convocatoria.

¿Puedo recibir otra ayuda para la misma actuación?

No. La ayuda de esta norma es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad y objeto, salvo las condiciones específicas de compatibilidad previstas para determinadas intervenciones de desarrollo rural.

¿Cuándo se paga la ayuda?

Después de realizar los controles administrativos y, cuando corresponda, los controles sobre el terreno. El pago debe efectuarse antes del 16 de octubre del año de la convocatoria, salvo los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto 906/2022
Organismo
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fecha de la norma
25 de octubre de 2022
Publicada en el BOE
26 de octubre de 2022
En vigor desde
2 de enero de 2023
Identificador
BOE-A-2022-17476
Última actualización en el BOE
24 de julio de 2026

Temas

Materias: Apicultura · Ayudas · Comercialización · Fondo Español de Garantía Agraria · Miel · Política Agrícola Común · Subvenciones

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (9)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.