Subvención directa a la UNED para formar en competencias digitales a profesionales del patrimonio cultural
Título oficial: Real Decreto 956/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la formación en capacidades digitales a profesionales del ámbito del Patrimonio cultural, en el marco del componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La UNED recibe una subvención de 13.963.850 euros para diseñar e impartir formación sobre tecnologías aplicadas al patrimonio cultural. El proyecto debe formar al menos a 6.000 personas.
La formación se organiza mediante cursos sobre gestión y documentación, y difusión y puesta en valor del patrimonio cultural. Los cursos son en línea y permiten obtener títulos propios de Experto profesional. Cada titulación requiere superar al menos 15 créditos (375 h).
Cada curso de 15 créditos será gratuito para quienes tengan alguna de las formaciones indicadas en el anexo I. Quienes quieran cursar más módulos, realizar una segunda titulación o no tengan esas formaciones deberán pagar los precios correspondientes: 60 euros por crédito, 300 euros por módulo y 900 euros por los 3 módulos necesarios para obtener una titulación. La UNED debe justificar los gastos y los resultados, cumplir las condiciones de la subvención y formar al menos a 6.000 personas.
A quién afecta
- La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
- Profesionales del ámbito del patrimonio cultural que quieran cursar la formación
Qué cambia
- Se concede directamente a la UNED una subvención de 13.963.850 euros, mediante una transferencia única.
- La UNED debe diseñar, desarrollar e impartir cursos y actividades para formar al menos a 6.000 personas.
- Se ofrecen dos titulaciones de Experto profesional: una sobre gestión y documentación del patrimonio cultural y otra sobre difusión y puesta en valor.
- Los cursos son gratuitos para quienes tengan alguna de las formaciones enumeradas en el anexo I; para otras personas, el precio se estima en 60 euros por crédito.
- La UNED debe destinar la subvención al proyecto, justificar los gastos y resultados y cumplir las condiciones sobre el uso de los fondos.
Qué hay que hacer
- La UNED debe presentar la solicitud de subvención en el registro electrónico del Ministerio de Cultura y Deporte, dentro del plazo de diez días a partir de la entrada en vigor de este real decreto, junto con una memoria técnico-económica y los anexos II, III y IV cumplimentados.
- La UNED debe aportar un presupuesto detallado antes de la concesión y del pago, y comunicar otras ayudas que financien las actividades tan pronto tenga conocimiento de ellas y, en todo caso, antes de justificar los fondos.
- La UNED debe justificar la subvención mediante una cuenta justificativa con memorias de actuación y económica, dentro del plazo de tres meses desde la finalización del plazo para realizar las actividades.
Plazos
- La solicitud debe presentarse en el plazo de diez días a partir de la entrada en vigor de este real decreto.
- Si se requiere subsanar la solicitud, el plazo es de diez días desde el siguiente al de la recepción del requerimiento.
- Las actividades subvencionables deben ejecutarse entre la notificación de la aprobación de la orden de concesión y el 1 de noviembre de 2025.
- Los cursos comienzan en septiembre de 2023 y cada edición tiene una duración máxima de 6 meses.
- La cuenta justificativa debe presentarse en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para realizar las actividades subvencionadas.
- El plazo para recurrir en reposición es de un mes desde el día siguiente a la notificación; para interponer recurso contencioso-administrativo, es de dos meses si la resolución es expresa y de seis meses si no lo es.
Preguntas y respuestas
¿Quién recibe la subvención y cuánto dinero se concede?
La recibe la UNED. El importe total es de 13.963.850 euros, mediante una transferencia única.
¿Cuántas personas deben formarse?
Al menos 6.000 personas en el uso de herramientas tecnológicas aplicadas al patrimonio cultural.
¿Qué formación se ofrece?
Dos cursos que dan acceso a títulos propios de Experto profesional: uno sobre gestión y documentación y otro sobre difusión y puesta en valor del patrimonio cultural. Cada titulación requiere al menos 15 créditos (375 h).
¿Quién puede cursar gratuitamente una formación de 15 créditos?
Quienes tengan alguna de estas formaciones: Grado/Licenciatura/Segundo ciclo de FP en Conservación-Restauración; Grado/Licenciatura en Historia del Arte; Grado/Licenciatura en Arqueología; o las titulaciones oficiales de la UNED indicadas en el anexo I para poblaciones de menos de 50.000 habitantes.
¿Cuánto cuesta la formación para quienes no cumplen las condiciones de gratuidad?
El precio por crédito se estima en 60 euros; cada módulo, en 300 euros, y los 3 módulos necesarios para una titulación, en 900 euros.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 956/2022
- Organismo
- Ministerio de Cultura y Deporte
- Fecha de la norma
- 15 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 16 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 17 de noviembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-18814- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Capacitación profesional · Ministerio de Cultura y Deporte · Patrimonio cultural · Subvenciones · Universidad Nacional de Educación a Distancia
Normas que cita o modifica
- de conformidad con los arts. 60.3 y 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 67 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (9)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto 2/2020, de 12 de enero (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (en el BOE)
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 22/2011, de 28 de julio (en el BOE)