Subvenciones directas para desarrollar servicios y comunicaciones 5G de emergencias en tres territorios
Título oficial: Real Decreto 960/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a organismos públicos de gestión de protección civil y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Comunitat Valenciana y el Ayuntamiento de Madrid para desarrollar, implementar y validar servicios y comunicaciones 5G para emergencias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
La norma concede ayudas directas a tres organismos públicos de Extremadura, la Comunitat Valenciana y Madrid para mejorar la gestión de emergencias mediante tecnología 5G. La subvención total es de 14.995.120 euros para el período 2023-2025.
La ayuda financia proyectos para modernizar las comunicaciones de emergencia, ampliar la cobertura 5G e integrar dispositivos y datos en las redes de emergencia. Puede cubrir el 100% de los gastos subvencionables y se paga por anticipado en un único pago a cada beneficiario.
Los organismos beneficiarios deben solicitar la ayuda en 3 días naturales desde la entrada en vigor y presentar un plan de proyecto y las declaraciones exigidas. También deben justificar los gastos, cumplir las condiciones ambientales y de gestión de fondos europeos, y conservar la documentación durante los plazos indicados. No pueden recibir otras ayudas para la misma finalidad.
A quién afecta
- Centro de Atención de Urgencias y Emergencias 112 Extremadura
- Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias
- Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
Qué cambia
- Se establece una subvención directa para proyectos de servicios y comunicaciones 5G de emergencias.
- Las actuaciones subvencionables incluyen migrar o complementar comunicaciones de emergencia con 5G, ampliar la cobertura e integrar terminales y dispositivos.
- La ayuda cubre el 100% de los gastos subvencionables.
- La financiación total asciende a 14.995.120 euros para el período 2023-2025 y se paga por anticipado, en un pago único a cada beneficiario.
- Las ayudas no son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
- Los beneficiarios deben justificar la aplicación de los fondos mediante una cuenta justificativa acompañada de un informe de auditoría contable y técnica.
- Si no se realizan los gastos o se incumplen las obligaciones y condiciones, puede exigirse el reintegro de las ayudas y de los intereses de demora.
Qué hay que hacer
- Cada organismo beneficiario debe presentar la solicitud y la documentación requerida en 3 días naturales desde la entrada en vigor.
- La solicitud debe presentarse por vía electrónica en la sede electrónica indicada y acompañarse del plan de proyecto y de las declaraciones exigidas.
- Los beneficiarios deben ejecutar las actuaciones y gastos antes del 31 de diciembre de 2025.
- Los beneficiarios deben justificar los gastos mediante una cuenta justificativa y un informe de auditoría contable y técnica.
Plazos
- La solicitud debe presentarse en el plazo de 3 días naturales desde la entrada en vigor de este real decreto.
- El plazo máximo para completar la inversión es el 31 de diciembre de 2025.
- Los gastos subvencionables deberán realizarse antes del 31 de diciembre de 2025.
- La documentación justificativa debe estar disponible durante al menos cinco años a partir de la fecha de concesión de la ayuda.
- Los beneficiarios deben conservar los documentos justificativos al menos cinco años desde la presentación de la documentación correspondiente a la última anualidad del proyecto.
Preguntas y respuestas
¿Quiénes reciben estas subvenciones?
Tres organismos públicos: el Centro de Atención de Urgencias y Emergencias 112 Extremadura, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias y la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid.
¿Qué actividades pueden financiarse?
La migración o mejora de las comunicaciones de emergencia mediante 5G, la ampliación de cobertura y conexión con redes existentes, y la conexión de terminales y dispositivos 5G a las redes de emergencia.
¿Qué porcentaje de los gastos cubre la ayuda?
La ayuda cubre el 100% de los gastos subvencionables.
¿Se pueden combinar estas ayudas con otras para el mismo fin?
No. No son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos otorgados para la misma finalidad.
¿Cuándo deben presentarse las solicitudes?
En el plazo de 3 días naturales desde la entrada en vigor de este real decreto.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Real Decreto 960/2022
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Fecha de la norma
- 15 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 16 de noviembre de 2022
- En vigor desde
- 17 de noviembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-18818- Última actualización en el BOE
- 6 de abril de 2026
Temas
Materias: Ayudas · Ayuntamientos · Comunicaciones electrónicas · Comunidad Valenciana · Extremadura · Internet · Madrid · Organización de las Comunidades Autónomas · Protección Civil · Redes de telecomunicación · Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual · Subvenciones · Telecomunicaciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con los arts. 47 y 60 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 67 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- de conformidad con los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- cita Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
Normas posteriores que la afectan
Otras normas que menciona (10)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre (en el BOE)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Ley 11/2022, de 28 de junio
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (en el BOE)
- Ley 11/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- Ley 6/2018, de 3 de julio (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)