Real Decreto-ley

Real Decreto-ley 4/2020: deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre

Título oficial: Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 19 de febrero de 2020 BOE-A-2020-2381 7 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Derogada desde el 17 de julio de 2020. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.

Qué dice, en claro

Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.

Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Real Decreto-ley 4/2020
Organismo
Jefatura del Estado
Fecha de la norma
18 de febrero de 2020
Publicada en el BOE
19 de febrero de 2020
En vigor desde
20 de febrero de 2020
Identificador
BOE-A-2020-2381
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Despidos · Discapacidad · Enfermedades · Estatuto de los Trabajadores · Incapacidades laborales · Mujer · Trabajadores

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.