Resolución

El convenio fija las condiciones laborales del personal de tres empresas de Airbus en sus centros de trabajo.

Título oficial: Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Airbus Defence and Space, SAU, Airbus Operations, SL, y Airbus Helicopters España, SA.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 6 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7467 57 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

El convenio establece reglas sobre jornada, turnos, vacaciones, salarios, permisos, ayudas y otras condiciones de trabajo. Se aplica desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo los apartados con otra vigencia.

Se aplica al personal de Airbus Defence and Space, SAU, Airbus Operations, SL, y Airbus Helicopters España, SA, en sus centros actuales y futuros que cumplan las condiciones indicadas. Quedan fuera los empleados incluidos en las bandas I, II, III y IV de Airbus Group y puestos equivalentes, y los jefes de seguridad industrial, salvo en las materias que el convenio incluya expresamente.

El texto regula, entre otras materias, horarios y jornadas, flexibilidad, vacaciones, retribuciones, permisos, ayudas, formación, jubilación, seguridad y salud, y representación de los trabajadores. Incluye condiciones y procedimientos específicos para distintos grupos profesionales. El texto facilitado está recortado y no permite conocer el contenido completo del convenio.

A quién afecta

  • Personal de Airbus Defence and Space, SAU, Airbus Operations, SL, y Airbus Helicopters España, SA, en los centros incluidos en el convenio.

Qué cambia

  • Establece las condiciones laborales aplicables durante la vigencia del convenio, incluidas jornada, turnos, vacaciones y flexibilidad horaria.
  • Fija reglas sobre salarios, complementos, pagas extraordinarias y compensaciones.
  • Regula permisos retribuidos, medidas de conciliación, ayudas y becas.
  • Establece procedimientos para resolver conflictos colectivos y para la participación de la representación de los trabajadores.
  • Prevé que el convenio se prorrogue por períodos anuales si ninguna parte firmante lo denuncia por escrito con al menos dos meses de antelación a su vencimiento.
  • Reconoce condiciones económicas personales más beneficiosas, consideradas en conjunto y en cómputo anual.
  • Incluye reglas sobre formación, clasificación profesional, jubilación, seguridad y salud laboral y traslados colectivos.

Qué hay que hacer

  • Quienes quieran adherirse al plan de retribución flexible deben firmar un acuerdo de novación contractual con su empresa.
  • Quien solicite disfrutar fuera del período de verano la semana de vacaciones prevista para ese fin debe avisar con dos meses de antelación y acordar el período con su responsable.
  • El personal que no pueda disfrutar las vacaciones de verano por necesidades de la empresa debe comunicar a la Dirección el período elegido dentro de los treinta días siguientes a recibir el aviso.
  • Quien solicite la ayuda a la enseñanza o a la discapacidad debe aportar la documentación acreditativa indicada en el convenio.
  • Quien solicite un cambio de puesto por tener 55 o más años en un puesto reconocido como especialmente tóxico, penoso o peligroso debe presentar la solicitud correspondiente.

Plazos

  • Vigencia: desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023.
  • Denuncia del convenio: con al menos dos meses de antelación a su vencimiento inicial o prorrogado.
  • Para trasladar a otro período la semana de vacaciones prevista: preaviso de dos meses.
  • Cuando la empresa comunique que una persona no podrá disfrutar sus vacaciones en el período de verano: la persona debe elegir y comunicar el período dentro de los treinta días siguientes.
  • Vacaciones retribuidas: 21 días efectivos; el período vacacional no será inferior a 30 días naturales.
  • La semana de vacaciones trasladada debe ser completa.
  • Permiso para el cuidado del lactante: puede acumularse en 21 días laborables, con las condiciones indicadas en el convenio.
  • Para permisos por matrimonio, el disfrute puede hacerse durante un año desde su celebración, previo acuerdo con el responsable jerárquico.
  • Permiso para asistir al médico y a determinadas especialidades: hasta 16 horas anuales.
  • Jubilación ordinaria obligatoria: deben mediar treinta días naturales entre la comunicación y el cese.
  • Las medidas de contratación asociadas a la jubilación ordinaria obligatoria se intentarán realizar en 1 mes y podrán prolongarse hasta 3 meses desde que se produzca la jubilación obligatoria.
  • Formación: los permisos retribuidos para exámenes oficiales tienen un máximo de 10 días al año.

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica el convenio?

Al personal de las tres empresas mencionadas que trabaja en los centros incluidos en el convenio. Se excluye, con las excepciones previstas, al personal de las bandas I, II, III y IV y puestos equivalentes, y a los jefes de seguridad industrial.

¿Cuánto dura el convenio?

Su vigencia va desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023, salvo los apartados con una vigencia distinta. Se prorroga por períodos anuales si no se denuncia por escrito con al menos dos meses de antelación.

¿Cuántos días de vacaciones establece?

Establece 21 días efectivos de vacaciones retribuidas y fija que el período vacacional no será inferior a 30 días naturales.

¿Pueden cambiarse las vacaciones de verano?

La semana prevista para cambiarse debe disfrutarse completa y requiere un preaviso de dos meses. Su período debe acordarse con el responsable; puede fijarse en días sueltos.

¿Qué permisos para el cuidado del lactante contempla?

Incluye una hora de ausencia al día, que puede dividirse en dos, o una reducción de jornada de media hora. En las condiciones indicadas, el permiso puede acumularse en 21 días laborables.

¿Qué debe hacer quien solicite ayuda a la enseñanza?

Debe acreditar la edad del hijo o hija y que cursa estudios, salvo durante el período de enseñanza obligatoria. El convenio indica como medios el libro de familia o certificado de nacimiento y la certificación de matrícula y asistencia, entre otros que la empresa estime adecuados.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
22 de abril de 2022
Publicada en el BOE
6 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-7467
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Construcciones · Convenios colectivos · Industria del armamento · Navegación aérea

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (2)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.