Resolución

El convenio regula las condiciones laborales del personal de Refresco Iberia en Oliva y Alcolea

Título oficial: Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Refresco Iberia, SAU, para los centros de trabajo de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba).

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 6 de mayo de 2022 BOE-A-2022-7473 56 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

El convenio fija condiciones de trabajo para el personal de los centros de Oliva y Alcolea, salvo el personal de Alta Dirección y las excepciones que menciona el propio texto. Incluye reglas sobre contratación, jornada, vacaciones, permisos, clasificación profesional y salarios.

El convenio se aplica a las relaciones laborales de Refresco Iberia, SAU, en sus centros de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba). Su duración termina el 31 de diciembre de 2023, aunque su contenido continúa vigente hasta que se sustituya por otro convenio. Puede denunciarse entre 1 de noviembre de 2023 y 31 de diciembre de 2023; si no se denuncia en ese periodo, se prorroga por anualidades.

Entre otras condiciones, establece una jornada máxima anual de 1.760 horas, veintitrés días laborables de vacaciones por año y reglas para turnos, contratación, permisos y movilidad entre funciones. El texto aportado está recortado y no incluye los anexos, por lo que no permite resumir el convenio completo.

A quién afecta

  • Trabajadoras y trabajadores de Refresco Iberia, SAU, en los centros de Oliva y Alcolea, con las excepciones previstas en el convenio

Qué cambia

  • Ordena inscribir el convenio en el registro correspondiente y publicarlo en el BOE.
  • Regula la clasificación profesional y la movilidad funcional del personal.
  • Establece reglas para contratos fijos, fijos discontinuos, temporales, de sustitución, de relevo y formativos.
  • Fija una jornada máxima anual de 1.760 horas y regula la flexibilidad, los turnos y el trabajo en fines de semana.
  • Reconoce veintitrés días laborables de vacaciones por año natural de servicios prestados y establece cómo solicitarlas.
  • Regula licencias retribuidas, permisos no retribuidos, excedencias y medidas de conciliación e igualdad.
  • Prevé incrementos salariales para 2021, 2022 y 2023, con ajustes vinculados al IPC en las condiciones indicadas en el texto disponible.

Qué hay que hacer

  • Quien quiera cesar voluntariamente debe avisar a la empresa con quince días naturales de antelación, salvo que su contrato establezca un plazo superior.
  • El personal fijo discontinuo que no pueda incorporarse tras recibir el llamamiento debe comunicárselo a la Dirección de la empresa en un plazo de veinticuatro horas.
  • Quien solicite vacaciones debe hacerlo en los plazos fijados para cada periodo; la empresa debe contestar dentro de los quince días siguientes al fin del periodo de solicitud.
  • Quien solicite jubilación parcial debe presentar una solicitud escrita a la Dirección de la empresa con una antelación mínima de seis meses.
  • Quien solicite la acumulación del permiso de cuidado del lactante debe comunicarlo por escrito a la empresa con un mes de antelación.

Plazos

  • El convenio finaliza el 31 de diciembre de 2023.
  • La denuncia del convenio puede realizarse entre 1 de noviembre de 2023 y 31 de diciembre de 2023.
  • El personal fijo discontinuo debe ser llamado con cuarenta y ocho horas de antelación al inicio de la actividad.
  • Si el personal fijo discontinuo no puede incorporarse, debe avisar en un plazo de veinticuatro horas desde que recibe el llamamiento.
  • Las vacaciones de enero se solicitan hasta el 30 de noviembre del año anterior; las de febrero y marzo, hasta el 31 de diciembre del año anterior; y las de abril a diciembre, hasta el 1 de marzo.
  • Las vacaciones pueden solicitarse para el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
  • La solicitud de jubilación parcial debe presentarse con una antelación mínima de seis meses.
  • La acumulación del permiso de cuidado del lactante debe comunicarse con un mes de antelación.

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica el convenio?

Al personal de Refresco Iberia, SAU, en sus centros de Oliva y Alcolea. Se excluye al personal de Alta Dirección y se mantienen las excepciones previstas en la disposición transitoria primera.

¿Cuántas horas de trabajo se establecen al año?

La jornada máxima anual es de 1.760 horas para cada año de vigencia del convenio.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Veintitrés días laborables por año natural de servicios prestados. Las fechas se fijan de mutuo acuerdo y el convenio establece plazos para presentar las solicitudes.

¿Cuánto preaviso hay que dar para dejar voluntariamente el trabajo?

Quince días naturales, salvo que el contrato establezca un plazo superior.

¿Cuándo puede solicitarse la jubilación parcial?

Quien reúna los requisitos establecidos en la ley debe solicitarla por escrito a la Dirección de la empresa con una antelación mínima de seis meses.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
22 de abril de 2022
Publicada en el BOE
6 de mayo de 2022
Identificador
BOE-A-2022-7473
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Bebidas analcohólicas · Convenios colectivos · Córdoba · Producción alimentaria · Valencia

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.