Se actualizan los tipos de interés máximos para el endeudamiento de comunidades autónomas y entidades locales
Título oficial: Resolución de 5 de mayo de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
La resolución publica un nuevo anexo con tipos fijos y diferenciales máximos para calcular el coste de financiación del Estado. Si el coste máximo de una operación de préstamo resulta negativo, puede formalizarse al 0 %.
La actualización establece los tipos fijos y diferenciales que se usan para comprobar que el coste total de las operaciones de endeudamiento no supera el coste de financiación del Estado, con el incremento que corresponda según el anexo 3. Los costes publicados siguen vigentes hasta que se publiquen otros nuevos.
Las comunidades autónomas y entidades locales con herramientas propias de valoración o asesoramiento externo independiente pueden calcular el coste en el momento de la operación según la metodología del anexo 2. Las demás Administraciones deben usar la tabla o los diferenciales máximos publicados mensualmente. Para plazos que no figuren en la tabla, se aplicará una interpolación lineal entre los valores más cercanos. En préstamos, si el coste máximo calculado fuera negativo, puede formalizarse un tipo del 0 %.
A quién afecta
- Comunidades autónomas
- Entidades locales
- Otras Administraciones que realicen operaciones de endeudamiento
Qué cambia
- Se publica un nuevo anexo 1 con tipos de interés fijos y diferenciales máximos.
- Los costes máximos publicados se mantienen vigentes hasta que se publiquen nuevos costes.
- Si el plazo medio de una operación no aparece en la tabla, los tipos o diferenciales se calculan por interpolación lineal.
- Si el coste máximo de un préstamo fuera negativo, puede formalizarse al 0 %.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede calcular el coste de financiación en el momento de la operación?
Las comunidades autónomas y entidades locales que cuenten con herramientas de valoración propias o asesoramiento externo independiente.
¿Qué deben hacer las demás Administraciones para conocer los costes?
Usar la tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos publicados mensualmente.
¿Qué ocurre si el plazo medio no aparece en la tabla?
El tipo o diferencial se calcula por interpolación lineal entre los dos valores más cercanos al plazo medio.
¿Puede formalizarse un préstamo al 0 %?
Sí. Si el coste total máximo calculado fuera negativo, puede formalizarse a un tipo del 0 %.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Fecha de la norma
- 5 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 7 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-7491- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Administración Local · Comunidades Autónomas · Deuda Pública · Financiación de las Comunidades Autónomas · Intereses · Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional
Normas que cita o modifica
- actualiza el anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017 (Ref. 2017/7814)