Se actualizan los salarios de 2022 y se fija un mínimo para el personal de enseñanza privada concertada
Título oficial: Resolución de 5 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de aprobación de las tablas salariales para el año 2022 y la modificación del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
Las tablas salariales de 2022 contemplan un incremento de un 2 % en todas las categorías y niveles. Además, ninguna persona trabajadora a jornada completa puede recibir menos de 1.000 euros mensuales en catorce pagas; si sus ingresos no alcanzan esa cantidad, se establece un complemento SMI.
Las tablas salariales se aplican desde el 1 de enero de 2022. Para las categorías que en las tablas de 2021 quedaron por debajo del SMI del 2021, el salario base es de 978,00 euros y el trienio de 35,61 euros. También se incluyen tablas para 1.º y 2.º de la ESO sin concierto.
La nueva disposición adicional décima establece que ninguna persona trabajadora a jornada completa recibirá una retribución total inferior a 1.000 euros mensuales en catorce pagas. Si los ingresos por todos los conceptos no alcanzan esa cuantía, se abonará un «complemento SMI» hasta llegar a ella; este complemento será absorbible y compensable.
Las diferencias que las empresas adeuden a sus trabajadores por la aplicación retroactiva de las tablas deberán quedar totalmente saldadas en el plazo indicado.
A quién afecta
- Personal de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos
- Personal docente y no docente incluido en las tablas salariales del convenio
Qué cambia
- Las tablas salariales de 2022 contemplan un incremento de un 2 % en todas las categorías y niveles.
- En las categorías que en las tablas de 2021 quedaron por debajo del SMI del 2021, el salario base es de 978,00 euros y el trienio de 35,61 euros.
- Se incorporan tablas para los niveles de 1.º y 2.º de la ESO sin concierto.
- A jornada completa, la retribución total no puede ser inferior a 1.000 euros mensuales en catorce pagas.
- Si los ingresos por todos los conceptos no alcanzan el mínimo, se establece un «complemento SMI» hasta alcanzar esa cantidad; será absorbible y compensable.
- Las diferencias salariales adeudadas por la aplicación retroactiva de las tablas deben quedar totalmente saldadas.
Plazos
- Las tablas salariales se aplican retroactivamente desde el 1 de enero de 2022.
- Las diferencias adeudadas deben quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el BOE.
Preguntas y respuestas
¿De cuánto es el incremento de las tablas salariales de 2022?
Las tablas contemplan un incremento de un 2 % en todas las categorías y niveles.
¿Cuál es la retribución mínima para una persona trabajadora a jornada completa?
No puede ser inferior a 1.000 euros mensuales en catorce pagas.
¿Qué ocurre si los ingresos no alcanzan el mínimo?
Se establece un «complemento SMI» hasta alcanzar el importe mínimo. El complemento será absorbible y compensable.
¿Cuándo deben pagarse las diferencias salariales adeudadas?
Deben quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el BOE.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 5 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 20 de mayo de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-8294- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Centros de enseñanza privada · Convenios colectivos
Normas que cita o modifica
- añade la disposición adicional 10 al Convenio publicado por Resolución de 15 de septiembre de 2021 (en el BOE)
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.