Establece criterios comunes para gestionar ayudas contra la privación material y distribuir fondos europeos entre territorios
Título oficial: Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, relativo a las bases comunes generales sobre el Fondo para la lucha contra la privación material, incluido en el Fondo Social Europeo Plus y propuesta de distribución territorial.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El acuerdo fija bases comunes para un programa de ayuda con alimentos y productos básicos a personas en situación de privación material. Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla gestionarán las ayudas y las medidas de acompañamiento.
El programa podrá proporcionar alimentos y productos básicos, como artículos de higiene, medicamentos que no ofrezca gratuitamente el sistema de salud, material escolar que no ofrezca gratuitamente el sistema educativo, bombonas de gas y ropa. La ayuda podrá entregarse de forma directa o mediante sistemas como tarjetas o vales, y se acompañará de medidas para favorecer la inclusión social. El acceso requerirá una valoración única con aval público.
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla concretarán las prioridades según su situación social. El fondo se distribuirá en un 80 % según la población en situación de privación material severa y en un 20 % según los criterios del Plan Concertado. El texto propone para el período 2021 a 2027 un total de 563 millones de euros; el gasto podrá ejecutarse hasta el 31 de diciembre de 2029.
A quién afecta
- Personas y familias en situación de privación material
- Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, responsables de gestionar el programa
Qué cambia
- Se plantea un programa estatal único, gestionado por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Se establece que las ayudas pueden cubrir alimentos y asistencia material básica, incluida ropa, productos de higiene y material escolar, entre otros bienes.
- La entrega se plantea, como regla general, mediante sistemas indirectos que respeten la dignidad y eviten la estigmatización; se contemplan excepciones justificadas para personas mayores, dependientes o comedores sociales.
- La ayuda se complementará con medidas de acompañamiento para apoyar la inclusión social.
- El 80 % del fondo se distribuirá según la población en privación material severa y el 20 % según los criterios del Plan Concertado.
- Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán elaborar un documento que describa el nuevo modelo de gestión y permita informar a las personas y familias potencialmente beneficiarias.
Qué hay que hacer
- Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deben elaborar un documento sobre el nuevo modelo de gestión para informar a las personas y familias potencialmente beneficiarias.
Plazos
- El período de ejecución podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2029.
Preguntas y respuestas
¿Qué tipo de ayuda puede ofrecer el programa?
Puede ofrecer alimentos y productos básicos, como artículos de higiene, medicamentos y productos sanitarios que no se presten gratuitamente, material escolar que no se preste gratuitamente, bombonas de gas y ropa.
¿Quién decidirá qué personas y familias tienen prioridad?
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla establecerán las prioridades según sus competencias y la situación social concreta, siempre entre personas que estén en situación de privación material.
¿Cómo se entregará la ayuda?
Se propone entregarla de forma indirecta, por ejemplo mediante tarjetas o ayudas económicas, salvo excepciones justificadas, como en el caso de personas mayores, dependientes o comedores sociales.
¿La ayuda incluye algo más que alimentos o productos básicos?
Sí. El programa incluirá medidas de acompañamiento para apoyar la inclusión social, que pueden abarcar apoyo psicológico y emocional, competencias digitales o ayuda para mejorar la empleabilidad.
¿Hasta cuándo puede ejecutarse el fondo?
El período de ejecución podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2029.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
- Fecha de la norma
- 18 de mayo de 2022
- Publicada en el BOE
- 8 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-9426- Última actualización en el BOE
- 8 de junio de 2022
Temas
Materias: Asistencia social · Comunidades Autónomas · Fondo CE · Fondo Social Europeo · Igualdad de oportunidades · Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 · Pobreza · Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 4/2000 (en el BOE)