Resolución

Se establece cómo liquidar y pagar por internet la tasa 038 para determinadas autorizaciones de residencia.

Título oficial: Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía telemática de la tasa con código 038, «Expedición de autorizaciones de trabajo y autorizaciones a ciudadanos extranjeros».

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 2 de junio de 2022 BOE-A-2022-9028 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Las personas y entidades que soliciten autorizaciones de residencia sujetas a esta tasa pueden pagarla por vía telemática. Para hacerlo, necesitan identificación electrónica y una cuenta o tarjeta de una entidad colaboradora adherida.

El procedimiento se aplica a solicitudes de autorizaciones de residencia conforme a la Ley 14/2013 cuya resolución corresponda a la Dirección General de Migraciones y se tramiten en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La autoliquidación y el pago se realizan en la página web indicada para la tasa 038, mediante el modelo 790.

Para pagar, se debe completar y firmar el formulario con un certificado electrónico cuyo titular sea titular de la cuenta o tarjeta utilizada, o con otro sistema de identificación y firma admitido por la Pasarela de Pagos. Tras el pago, se genera un NRC y un documento electrónico que confirma el ingreso y sirve de justificante. Si el pago se rechaza, la pantalla muestra los errores detectados.

A quién afecta

  • Personas físicas que soliciten autorizaciones de residencia conforme a la Ley 14/2013 y cuyo expediente corresponda a la Dirección General de Migraciones y se tramite en la sede electrónica del Ministerio
  • Personas jurídicas que participen en esas solicitudes

Qué cambia

  • Se establece la opción de liquidar y pagar por vía telemática la tasa 038.
  • El pago se realiza en la página web indicada, mediante el modelo 790.
  • Para pagar, hay que disponer de NIF o NIE, identificación y firma electrónicas admitidas, y una cuenta en una entidad colaboradora adherida.
  • El NRC y el documento electrónico generado tras el pago sirven como justificante del ingreso.

Qué hay que hacer

  • Acceder a la página web de la tasa 038, seleccionar el modelo 790, completar el formulario y firmarlo electrónicamente.
  • Realizar el pago mediante una entidad financiera colaboradora adherida, usando una cuenta o tarjeta cuyo titular sea titular del certificado electrónico.

Preguntas y respuestas

¿Quién puede pagar esta tasa por internet?

Las personas físicas o jurídicas que participen en solicitudes de autorizaciones de residencia conforme a la Ley 14/2013, cuya resolución corresponda a la Dirección General de Migraciones y se tramiten en la sede electrónica del Ministerio.

¿Qué se necesita para pagar electrónicamente?

Un NIF o NIE, un sistema de identificación y firma admitido y una cuenta en una entidad colaboradora adherida al sistema de pago telemático.

¿Dónde se paga la tasa?

En https://sede.inclusion.gob.es/tramites/tasa-038/, seleccionando el modelo 790 de pago electrónico de la tasa 038.

¿Qué justificante se obtiene después de pagar?

Se genera un documento electrónico con el NRC y los datos del modelo 790. Puede utilizarse en trámites electrónicos o imprimirse para trámites no electrónicos.

¿Qué ocurre si rechazan el pago?

Se muestran en pantalla los datos y la descripción de los errores detectados.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Fecha de la norma
25 de mayo de 2022
Publicada en el BOE
2 de junio de 2022
En vigor desde
9 de junio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-9028
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración electrónica · Extranjeros · Internet · Permisos de trabajo · Recaudación · Tasas

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (5)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.