Se modifica el sistema de jornadas y apertura de instalaciones del convenio de Michelin
Título oficial: Resolución de 7 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Michelín España Portugal, SA, para los centros de trabajo de Aranda de Duero, Valladolid, Almería y Vitoria-Gasteiz.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El acuerdo modifica las reglas sobre calendarios, jornadas, aperturas y cierres en los centros incluidos en el convenio. También regula los avisos, los cambios colectivos e individuales y algunos descuentos y primas.
La modificación establece tres sistemas variables, organizados en tres, cuatro o cinco equipos, con distintos márgenes de apertura anual. Regula cómo se confeccionan los calendarios y cómo se amplían o reducen las aperturas, con límites y avisos previos al Comité intercentros. En algunos supuestos, la reducción puede afectar a la jornada y al salario.
También fija reglas para regularizar y gestionar las jornadas pendientes, y prevé hasta 6 jornadas por persona de variación individual para el personal de los sistemas variables. Las jornadas individuales pueden recuperarse dentro de los seis meses posteriores a las fechas de trabajo o disfrute que las originaron. El acuerdo incluye además reglas para sistemas fijos, calendarios especiales y el seguimiento por una Comisión Paritaria.
A quién afecta
- Personal de Michelín España Portugal, SA en los centros de Aranda de Duero, Valladolid, Almería y Vitoria-Gasteiz
- Personal de los sistemas variables de trabajo
- Personal de colectivos y servicios relacionados con actividades afectadas por reducciones de apertura
Qué cambia
- Se regulan tres sistemas variables de apertura: 235-264 días, 265-303 días y 295-354 días, organizados en tres, cuatro y cinco equipos.
- Se fijan límites de ampliación y reducción de aperturas, y reglas para los preavisos y la comunicación de los cambios.
- Se establecen procedimientos para contabilizar y regularizar los saldos de jornadas de los equipos.
- Se permite una variación individual de hasta 6 jornadas por persona para el personal de los sistemas variables.
- Se regulan los efectos de ciertas reducciones sobre la jornada y el salario, así como las primas de disponibilidad y compensación.
- Se establecen reglas para calendarios especiales con aperturas superiores a 354 días y para cambios en sistemas fijos, con límites de 8 días al alza o a la baja.
- Se asigna a la Comisión Paritaria el seguimiento de la aplicación del acuerdo.
Qué hay que hacer
- Si trabaja en un sistema variable y acuerda cambios individuales de jornadas, deberá recuperar las jornadas dentro de los seis meses posteriores a las fechas de trabajo o disfrute que las originaron.
Plazos
- La confirmación de proximidad para ampliar la apertura se comunica con una antelación mínima de 15 días naturales (incluido el día de apertura) en actividades de producto terminado, o de 10 días en actividades de producto semiterminado.
- El preaviso de proximidad para reducir la apertura se comunica con una antelación mínima de 15 días naturales antes del día de cierre (incluido este) en actividades de producto terminado, o de 10 días en actividades de producto semiterminado.
- La recuperación de las jornadas individuales debe tener lugar dentro de los seis meses posteriores a las fechas de trabajo o disfrute que las originaron.
- Para las puntas de producción y paradas en sistemas fijos, el aviso al Comité intercentros se da con un plazo mínimo de 15 días naturales, salvo las excepciones indicadas para las paradas.
- La revisión de los valores salariales podrá hacerse cada 5 años.
Preguntas y respuestas
¿A qué centros se aplica la modificación?
A los centros de Aranda de Duero, Valladolid, Almería y Vitoria-Gasteiz.
¿Cuántas jornadas individuales pueden utilizarse?
El sistema individual tiene un límite máximo de 6 jornadas por persona y se aplica al personal perteneciente a los sistemas variables.
¿Cuándo deben recuperarse las jornadas individuales?
Dentro de los seis meses posteriores a las fechas de trabajo o disfrute que las originaron.
¿Qué aviso se requiere para ampliar o reducir una apertura?
Como norma general, se comunica con una antelación mínima de 15 días naturales en actividades de producto terminado y de 10 días en actividades de producto semiterminado. El texto contempla excepciones para determinados casos.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 7 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 18 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10117- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Caucho · Componentes de vehículos · Convenios colectivos
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 21 del Convenio publicado por Resolución de 5 de agosto de 2020 (en el BOE)
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)