Resolución

Convenio colectivo para el personal de Automáticos Orenes en seis centros de trabajo

Título oficial: Resolución de 7 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Automáticos Orenes, SLU, para sus centros de trabajo de Murcia, Alicante, Valencia, Jerez, Almería y Madrid.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 18 de junio de 2022 BOE-A-2022-10119 21 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

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La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

El convenio fija las condiciones laborales del personal de Automáticos Orenes, SLU, en Murcia, Alicante, Valencia, Jerez, Almería y Madrid, para el período 2021-2024. No se aplica al personal de salas de Juego.

El convenio regula, entre otras materias, la jornada, los horarios, las vacaciones, los permisos, las excedencias, la formación, las categorías profesionales y las retribuciones. Las condiciones económicas de 2022 tienen efectos desde el 1 de enero de 2022 para el personal que estaba en plantilla cuando se firmó el convenio.

Incluye también ayudas por matrimonio y natalidad, complementos por determinados trabajos y reglas sobre salud laboral, igualdad, teletrabajo y régimen disciplinario. Las condiciones económicas no se aplican al personal de dirección o jefatura ni a otros puestos de responsabilidad fuera de los grupos profesionales regulados.

A quién afecta

  • Trabajadores de Automáticos Orenes, SLU, en Murcia, Alicante, Valencia, Jerez, Almería y Madrid, salvo el personal de salas de Juego

Qué cambia

  • Establece una vigencia de cuatro años, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024.
  • Fija una jornada anual de 1.792 horas y una jornada semanal de 40 horas de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
  • Reconoce 22 días laborales de vacaciones por año.
  • Establece los horarios y descansos según el puesto de trabajo, incluidos turnos rotativos para quienes trabajen en sábados, domingos y festivos.
  • Fija incrementos salariales: 3% para 2022, 2 % para 2023 y 2 % para 2024.
  • Prevé complementos y ayudas económicas, entre ellas por trabajar en determinados festivos, por turnicidad, por matrimonio y por natalidad.
  • Regula permisos retribuidos, reducciones de jornada y excedencias por cuidado de hijos o familiares, además de medidas relacionadas con embarazo y conciliación.
  • Define faltas laborales y las sanciones que pueden imponerse.

Qué hay que hacer

  • Si solicita una reducción de jornada, salvo causa de fuerza mayor deberá avisar a la empresa con 15 días de antelación e indicar las fechas de inicio y fin.
  • Si solicita una excedencia, deberá hacerlo por escrito con un mes de antelación.
  • Si quiere reincorporarse tras una excedencia voluntaria, deberá comunicarlo de forma fehaciente a la empresa con un mes de antelación al término de la excedencia.
  • Para pedir una licencia retribuida, deberá avisar previamente y justificar el motivo.

Plazos

  • Vigencia: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024.
  • Las condiciones retributivas y económicas se aplican con efectos retroactivos al 1 de enero de 2022 al personal en plantilla de la empresa a la fecha de la firma del convenio.
  • Las diferencias económicas deberán abonarse dentro de los dos meses siguientes a la firma del convenio.
  • La empresa fijará el periodo de vacaciones dentro de los cuatro primeros meses del año y con una antelación mínima de dos meses al inicio de su disfrute.
  • Para la reducción de jornada, el preaviso es de 15 días, salvo causa de fuerza mayor.
  • La excedencia debe solicitarse con un mes de antelación; para la reincorporación tras una excedencia voluntaria, el aviso debe darse un mes antes de que termine.
  • La licencia no retribuida o recuperable para acompañar a la pareja a clases de preparación al parto y exámenes prenatales requiere un preaviso de 7 días de antelación como mínimo.
  • Si las vacaciones coinciden con una incapacidad temporal distinta de las vinculadas al embarazo, parto o lactancia natural, podrán disfrutarse después de la incapacidad siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses desde el final del año que las haya originado.

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica el convenio?

Al personal de Automáticos Orenes, SLU, en Murcia, Alicante, Valencia, Jerez, Almería y Madrid. Se excluye al personal de salas de Juego.

¿Cuántos días de vacaciones reconoce?

22 días laborales por año. Si no se ha completado un año de servicio, corresponden vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.

¿Qué jornada establece?

Una jornada anual de 1.792 horas y 40 horas de trabajo efectivo semanales de promedio en cómputo anual.

¿Qué incrementos salariales fija?

Para 2022, un incremento del 3% a las retribuciones percibidas a 31 de diciembre de 2021; para 2023, un 2 % sobre el salario base, y para 2024, un 2 % sobre el salario base.

¿Quién puede cobrar la ayuda por matrimonio?

Los trabajadores con más de seis meses de antigüedad que contraigan matrimonio o se inscriban en el Registro Oficial de Parejas de Hecho. La ayuda es de 172,41 euros y se percibe una sola vez.

¿Qué ayuda se establece por nacimiento de un hijo?

Los trabajadores con más de seis meses de antigüedad que acrediten una nueva paternidad o maternidad percibirán 103,46 por cada hijo.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
7 de junio de 2022
Publicada en el BOE
18 de junio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-10119
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Convenios colectivos · Juego · Máquinas automáticas

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (2)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.