Se publican los currículos de religión católica para cuatro etapas educativas
Título oficial: Resolución de 21 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publican los currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
La resolución publica los currículos de religión católica para Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato. La enseñanza es voluntaria para el alumnado y los centros deben ofrecerla.
Los currículos corresponden al segundo ciclo de Educación Infantil y a Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. La Conferencia Episcopal Española los ha determinado; los anexos con su contenido no están incluidos en el texto facilitado.
Las administraciones educativas deben adoptar las medidas necesarias, dentro de sus competencias, para que se impartan según lo establecido en la resolución. Los currículos publicados con anterioridad quedan sin efecto.
A quién afecta
- Alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato que solicite recibir religión católica
- Centros educativos que deben ofrecer la enseñanza de religión católica
- Administraciones educativas responsables de aplicar los currículos
Qué cambia
- Se publican los currículos de religión católica para las cuatro etapas educativas indicadas.
- Quedan sin efecto los currículos de religión católica publicados con anterioridad.
- Las administraciones educativas deben adoptar las medidas necesarias para que los currículos se impartan según la resolución.
Plazos
- La resolución surte efectos a partir del curso escolar 2022-2023.
Preguntas y respuestas
¿Es obligatorio que el alumnado curse religión católica?
No. La enseñanza es de carácter voluntario para el alumnado.
¿Qué etapas educativas abarcan los currículos publicados?
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
¿Quién determina los currículos de religión católica?
La Conferencia Episcopal Española los ha determinado.
¿Desde cuándo surte efectos la resolución?
A partir del curso escolar 2022-2023.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Fecha de la norma
- 21 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 24 de junio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-10452- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Bachillerato · Currículo · Educación Infantil · Educación Primaria · Educación Secundaria Obligatoria · Enseñanza Religiosa
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril
- de conformidad con el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo
- de conformidad con el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo
- cita Acuerdo de 3 de enero de 1979 (en el BOE)
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.