Distribuye fondos de 2022 para actividades de memoria democrática entre comunidades y ciudades autónomas
Título oficial: Resolución de 30 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de la II Conferencia Sectorial de Memoria Democrática, por el que se determinan los criterios de reparto, así como la distribución resultante de fondos para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en el año 2022 para actividades de memoria democrática y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El acuerdo distribuye fondos para proyectos de memoria democrática en 2022. Las administraciones receptoras deben justificar el uso del dinero y enviar informes sobre las actuaciones realizadas.
Se transfieren las cantidades previstas para las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, conforme a los proyectos presentados y acordados. Las transferencias quedan sin efecto para las administraciones que, a la fecha de la resolución, no hayan enviado su propuesta de proyectos o actuaciones; podrán realizarse cuando la propuesta se remita y se apruebe de mutuo acuerdo.
Antes del 31 de marzo del 2023, las administraciones receptoras deben enviar un certificado sobre la ejecución de los fondos, firmado por el titular del centro directivo que gestione la transferencia y validado por el interventor. También deben presentar informes finales digitales sobre las actividades. Los remanentes no comprometidos conservan su destino y se descuentan de la cantidad que corresponda transferir en el ejercicio siguiente; si se suprime la actuación en el presupuesto siguiente, primero se pagan las obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
A quién afecta
- Comunidades autónomas receptoras de fondos para proyectos de memoria democrática
- Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla receptoras de fondos
Qué cambia
- Se distribuye el crédito de 2022 destinado a actividades de memoria democrática, según los proyectos presentados y acordados.
- Se dejan sin efecto las transferencias a las administraciones que no hayan enviado su propuesta de proyectos o actuaciones para 2022, hasta que la remitan y sea aprobada de mutuo acuerdo.
- Las administraciones receptoras deben justificar el uso de los fondos mediante un certificado de ejecución.
- Los remanentes no comprometidos mantienen su destino específico y se descuentan de la cantidad que se transfiera a cada comunidad autónoma en el ejercicio siguiente.
- Si se suprime del presupuesto siguiente la actuación correspondiente al remanente, este se destina primero a obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
- Las administraciones deben controlar que los fondos se obtengan, disfruten y destinen correctamente.
- Se deben enviar informes finales digitales sobre las actuaciones de localización, exhumación e identificación de víctimas, y sobre divulgación, dignificación y promoción de lugares de memoria.
Qué hay que hacer
- Las comunidades y ciudades autónomas receptoras deben remitir al Ministerio el certificado de ejecución antes del 31 de marzo del 2023.
- Las administraciones que no hayan enviado su propuesta de proyectos o actuaciones para 2022 deben remitirla para que pueda aprobarse de mutuo acuerdo y se realice la transferencia.
- Las administraciones receptoras deben enviar en formato digital los informes finales de las líneas 1, 2 y 3.
Plazos
- Con anterioridad al 31 de marzo del 2023: remitir el certificado de ejecución de los fondos.
Preguntas y respuestas
¿Quiénes reciben los fondos?
Las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, conforme a los proyectos presentados y acordados.
¿Qué ocurre si una administración no ha enviado su propuesta de proyectos?
Se deja sin efecto su transferencia hasta que remita la propuesta y esta se apruebe de mutuo acuerdo.
¿Qué debe incluir el certificado de ejecución?
Debe indicar las cuantías totales de créditos comprometidos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año. También debe expresar, cuando corresponda, las obligaciones pendientes de pago a fecha de 31 de diciembre de 2022, e incluir el acreedor y las fechas de salida material de los fondos.
¿Qué ocurre con los fondos no comprometidos?
Mantienen el destino específico y se descuentan de la cantidad que corresponda transferir a cada comunidad autónoma en el ejercicio siguiente. Si se suprime la actuación del presupuesto siguiente, primero se pagan las obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
¿Qué informes finales deben enviarse?
Un informe de la línea 1 sobre localización, exhumación e identificación de víctimas, y un informe de las líneas 2 y 3 sobre divulgación, dignificación de lugares de enterramiento y promoción de lugares de memoria.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 30 de junio de 2022
- Publicada en el BOE
- 7 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-11288- Última actualización en el BOE
- 7 de julio de 2022
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)