Resolución

Actualiza los tipos máximos de financiación aplicables a operaciones de deuda de comunidades autónomas y entidades locales

Título oficial: Resolución de 5 de julio de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 7 de julio de 2022 BOE-A-2022-11226 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

La resolución actualiza la tabla de tipos fijos y diferenciales que se usa para calcular el coste máximo de ciertas operaciones de endeudamiento. Si el coste máximo de un préstamo resulta negativo, puede formalizarse a un tipo del 0 %.

La actualización sustituye el anexo 1 con los tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado. Las administraciones que no calculen ese coste con herramientas propias o asesoramiento externo independiente deben usar la tabla publicada mensualmente; sus valores siguen vigentes hasta que se publiquen otros nuevos.

Si la vida media exacta de una operación no figura en la tabla, el tipo o diferencial se calcula por interpolación lineal entre los valores más cercanos. Para tipos fijos con un periodo de devengo de intereses distinto al año, se calcula el tipo equivalente al tipo fijo anual. Si el coste total máximo de un préstamo fuera negativo, podrá formalizarse a un tipo del 0 %.

A quién afecta

  • Comunidades autónomas
  • Entidades locales

Qué cambia

  • Actualiza el anexo 1 con los tipos fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado.
  • Permite formalizar préstamos a un tipo del 0 % cuando el coste total máximo calculado sea negativo.
  • Establece que los tipos o diferenciales para plazos medios no publicados se calculen por interpolación lineal entre los valores más cercanos.

Preguntas y respuestas

¿Qué administraciones deben usar la tabla publicada?

Las que no dispongan de herramientas de valoración propias ni de asesoramiento externo independiente para determinar el coste de financiación del Estado.

¿Qué ocurre si el coste máximo de un préstamo es negativo?

Puede formalizarse a un tipo del 0 %.

¿Cómo se calcula el tipo si la vida media exacta no aparece en la tabla?

Se obtiene por interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación.

¿Qué base se usa para calcular el tipo fijo anual máximo?

La base actual/actual. Si se usa otra base, debe hacerse el ajuste correspondiente.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Fecha de la norma
5 de julio de 2022
Publicada en el BOE
7 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-11226
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración Local · Comunidades Autónomas · Deuda Pública · Financiación de las Comunidades Autónomas · Intereses · Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional

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