Convenio estatal que regula las condiciones laborales de la industria metalgráfica y de envases metálicos
Título oficial: Resolución de 6 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de la industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
El convenio establece condiciones de trabajo para las empresas y las personas trabajadoras del sector en todo España, para el período 2021-2023. Incluye reglas sobre jornada, vacaciones, permisos, salarios, contratación y otras condiciones laborales.
Se aplica a empresas de metalgráfica y fabricación de envases y otros productos metálicos descritos en el convenio, y a las personas trabajadoras por cuenta ajena de esas empresas, con las exclusiones previstas en el Estatuto de los Trabajadores. Tiene aplicación en todo el territorio español y una duración desde el 1 de enero del 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Entre otras medidas, fija una jornada anual de 1.752 horas, 30 días naturales de vacaciones y distintos permisos retribuidos. Establece incrementos salariales del 2% para cada uno de los años 2021, 2022 y 2023, así como condiciones para la contratación, las ayudas sociales, la prevención de riesgos y la clasificación profesional. El texto facilitado está recortado y no incluye los anexos, donde se indican algunos importes.
A quién afecta
- Personas trabajadoras por cuenta ajena de empresas de la industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos
- Empresas del sector metalgráfico y de fabricación de envases metálicos
Qué cambia
- Fija una jornada anual de 1.752 horas de trabajo efectivo durante cada año de vigencia.
- Establece 30 días naturales de vacaciones al año, de los cuales al menos 21 serán ininterrumpidos entre el 20 de junio y el 15 de septiembre.
- Establece incrementos salariales del 2% para 2021, 2022 y 2023, y una revisión salarial condicionada a que la suma de los incrementos sea menor que la suma de las inflaciones de esos tres años.
- Regula permisos retribuidos, excedencias, ayudas por estudios y discapacidad, complementos por incapacidad temporal y seguros por invalidez y fallecimiento.
- Desde el 1 de enero de 2023, establece un porcentaje mínimo de indefinidos (fijos y fijos discontinuos) del 80%, en cómputo anual y a jornada completa.
- Desde el 1 enero de 2023, permite que los contratos por circunstancias de la producción tengan una duración máxima de 9 meses.
- Establece reglas de clasificación profesional en tres grupos y ocho niveles, además de condiciones para la movilidad funcional.
- Regula faltas laborales, sanciones, derechos sindicales y medidas de seguridad y salud en el trabajo.
Plazos
- Los atrasos generados desde el 1 de enero del 2021 serán abonados antes del 28 de febrero del 2022.
- El convenio tiene una duración desde el 1 de enero del 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Desde el 1 de enero de 2023 se aplica el porcentaje mínimo de indefinidos del 80%.
- Desde el 1 enero de 2023, la duración máxima del contrato por circunstancias de la producción es de 9 meses.
Preguntas y respuestas
¿A qué empresas y personas trabajadoras se aplica?
A las empresas dedicadas a las actividades metalgráficas y de fabricación de envases y productos metálicos que describe el convenio, y a las personas trabajadoras por cuenta ajena de esas empresas, con las exclusiones previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuántas horas de trabajo establece al año?
Establece 1.752 horas de trabajo efectivo en cómputo anual para cada año de vigencia.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
Corresponden 30 días naturales al año. Al menos 21 deben ser ininterrumpidos entre el 20 de junio y el 15 de septiembre, salvo que causas derivadas de la producción y organización del trabajo lo impidan.
¿Qué aumentos salariales fija?
Establece un incremento del 2% sobre las tablas del año anterior para 2021, 2022 y 2023. La revisión salarial depende de que la suma de esos incrementos sea menor que la suma de las inflaciones de los tres años.
¿Cuándo deben pagarse los atrasos?
Los atrasos generados desde el 1 de enero del 2021 serán abonados antes del 28 de febrero del 2022.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 6 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 19 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-11992- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Arbitraje laboral · Conflictos colectivos de trabajo · Convenios colectivos · Envases · Formación profesional · Metalografía
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
- en relación con el Convenio publicado por Resolución de 7 de septiembre de 2017 (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se dicta en relación y se publica un nuevo Convenio, por Resolución de 19 de agosto de 2025
- se dicta en relación y se publican tablas salariales, por Resolución de 8 de julio de 2024
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 27/2011, de 1 de agosto (en el BOE)
- Ley 31/1995 (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (en el BOE)
- Ley 10/2021, de 9 de julio (en el BOE)