Resolución

Convenio colectivo de Aris Risk Solutions para sus trabajadores en Granada y Madrid

Título oficial: Resolución de 7 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Aris Risk Solutions, SL.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 21 de julio de 2022 BOE-A-2022-12126 17 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

El convenio regula las condiciones laborales del personal de Aris Risk Solutions en Granada y Madrid, desde salarios y jornada hasta vacaciones, permisos y clasificación profesional. Tiene vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.

Se aplica a todos los trabajadores por cuenta ajena de la empresa. Incluye grupos profesionales, reglas de promoción, jornada anual máxima de 1733 horas para jornadas completas, 22 días hábiles de vacaciones y permisos retribuidos y no retribuidos.

Establece incrementos salariales del 2,5 % para cada año de vigencia y regula complementos, dietas, kilometraje, guardias y trabajo nocturno. También fija normas sobre contratación, dimisión, sanciones y una comisión paritaria para interpretar y vigilar el convenio.

A quién afecta

  • Trabajadores por cuenta ajena de Aris Risk Solutions en Granada y Madrid

Qué cambia

  • La vigencia del convenio va desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Se establece una clasificación profesional en cinco grupos y reglas de promoción entre grupos y niveles.
  • Se fija un incremento salarial del 2,5 % para 2022, del 2,5 % para 2023 y del 2,5 % para 2024.
  • Se regulan complementos por disponibilidad, trabajo nocturno, transporte, promoción y sustituciones.
  • Se establece una jornada efectiva máxima anual de 1733 horas para las personas con jornada completa.
  • Se fijan 22 días hábiles de vacaciones al año y jornadas intensivas en fechas determinadas.
  • Se establecen permisos retribuidos, permisos no retribuidos y dos días retribuidos de asuntos personales sin justificar.
  • Se regulan las dietas, el kilometraje, las horas extraordinarias, las guardias y las sanciones laborales.

Qué hay que hacer

  • Quien quiera solicitar el abono de las pagas extraordinarias en junio y diciembre debe pedirlo a la empresa antes del comienzo del año.
  • Quien quiera ejercer el derecho de reincorporación preferente tras una excedencia sin reserva de puesto debe comunicarlo a la empresa con una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización de la excedencia.
  • Quien dimita debe dar un preaviso de 30 días si pertenece a los grupos IV y V, y de 20 días para el resto de trabajadores.

Plazos

  • El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • La denuncia del convenio puede hacerse antes del 1 de octubre de 2024.
  • Si no se denuncia con tres meses de antelación, el convenio se prorroga automáticamente de año en año.
  • La empresa y la representación de los trabajadores deben reunirse dentro de los treinta días siguientes a la firmeza de una resolución judicial que anule o invalide alguna cláusula.
  • La promoción automática de N1 a N2 se produce cuando la persona cumple dos años en el puesto; el cambio de N2 a N3 se produce dentro de los dos años siguientes.
  • La persona trabajadora puede reclamar el ascenso si las funciones del grupo superior se prolongan más de seis meses durante un año u ocho meses durante dos años; en sustituciones por otras causas, puede reclamarlo al superar doce meses.
  • La solicitud para cobrar las pagas extraordinarias en junio y diciembre debe hacerse antes del comienzo del año.
  • El permiso retribuido por cuidado del lactante puede extenderse hasta que cumpla doce meses si ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejercen el derecho con la misma duración y régimen; desde los nueve meses hay reducción proporcional del salario.
  • Los dos días de asuntos personales sin justificar deben comunicarse con un mínimo de 48 horas de antelación.
  • La solicitud de vacaciones debe coordinarse con la empresa; el texto no establece un plazo general para solicitarla.

Preguntas y respuestas

¿A qué trabajadores se aplica el convenio?

A todos los trabajadores por cuenta ajena de la empresa en sus centros de trabajo de Granada y Madrid.

¿Cuánto duran las vacaciones?

Se establecen 22 días hábiles al año. Un mínimo del 70 % se disfrutará preferentemente en jornada intensiva, salvo autorización expresa de la dirección del departamento.

¿Cuánto suben los salarios?

Los conceptos revisables aumentan un 2,5 % en 2022, un 2,5 % en 2023 y un 2,5 % en 2024.

¿Cuántas horas tiene la jornada anual máxima?

1733 horas para las personas con jornada completa.

¿Cuántos días de asuntos personales sin justificar se reconocen?

Dos días retribuidos, que se disfrutan por días completos y deben comunicarse con al menos 48 horas de antelación.

¿Qué preaviso hay que dar al dimitir?

30 días para trabajadores de los grupos IV y V, y 20 días para el resto.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
7 de julio de 2022
Publicada en el BOE
21 de julio de 2022
Identificador
BOE-A-2022-12126
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Convenios colectivos · Empresas consultoras

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan