Publica el convenio colectivo de Radio Popular, SA, para 2022-2024
Título oficial: Resolución de 12 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Radio Popular, SA.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
El convenio establece las condiciones laborales del personal de Radio Popular, SA, y de las emisoras que se adhieran, con algunas exclusiones. Regula, entre otras cuestiones, salarios, jornada, permisos, vacaciones, traslados y representación de los trabajadores.
Se aplica al personal con relación laboral en los centros de trabajo incluidos, salvo los colectivos expresamente excluidos. La vigencia llega hasta el 31 de diciembre de 2024; las tablas salariales producen efectos desde el 1 de enero de 2022.
El texto fija condiciones de trabajo y retribución, además de derechos sobre permisos, vacaciones, excedencias, formación, seguridad y salud. También regula la representación de los trabajadores, los ascensos, los traslados y las sanciones. El anexo salarial aparece recortado: termina al comenzar la fórmula para calcular el valor de la hora ordinaria.
A quién afecta
- Personal con relación laboral en los centros de trabajo de Radio Popular, SA
- Personal de otras emisoras que se adhieran al convenio
Qué cambia
- La jornada ordinaria se fija en treinta y cinco horas semanales y 1.561 horas anuales.
- Las tablas salariales se incrementan un 4,2 % desde el 1 de enero de 2022 y pueden aumentar un 0,3 % más a final de año si se llega a cubrir el 110 % del resultado presupuestado.
- Se establecen complementos salariales y ayudas, incluidas ayudas por estudios, comidas y discapacidad, con las condiciones indicadas en el convenio.
- Se reconocen permisos retribuidos y no retribuidos, además de excedencias y reducciones o adaptaciones de jornada bajo las condiciones previstas.
- Se regulan las vacaciones, los descansos semanales, los festivos y la compensación por trabajo nocturno, en domingos y festivos.
- Se fijan condiciones para traslados, comisiones de servicio y trabajos de categoría superior.
- Se establece el seguro de vida para el personal incluido en el ámbito del convenio, con capitales según la situación familiar y una cuantía adicional por cada hijo con una discapacidad superior al 33 %.
Qué hay que hacer
- Quien vaya a dejar voluntariamente la empresa debe comunicarlo con al menos quince días de antelación; en puestos de jefatura y/o responsabilidad, con dos meses.
- Quien solicite una licencia debe hacerlo por escrito cuando así lo establece el convenio.
- Quien solicite una adaptación de jornada puede presentarla a la empresa, que abrirá un proceso de negociación de hasta treinta días y comunicará su decisión por escrito.
- Quien solicite una ayuda de estudios debe acreditar documentalmente la matrícula de cada hijo.
- Quien solicite la ayuda por hijos con discapacidad debe aportar el informe médico que la acredite y presentar el certificado correspondiente cada dos años, salvo que la discapacidad sea permanente.
Plazos
- Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Las tablas salariales aplican sus efectos desde el 1 de enero de 2022.
- La denuncia debe efectuarse dentro de los tres últimos meses a la fecha de caducidad.
- Las tablas salariales pueden recibir un 0,3 % adicional a final de año si se llega a cubrir el 110 % del resultado presupuestado.
- La empresa debe convocar durante diez días naturales al personal interesado en cambiar de centro de trabajo o actividad para cubrir vacantes.
- El personal que solicite una vacante debe llevar más de un año en la empresa para tener prioridad en los supuestos indicados.
- La ayuda de estudios se abona en un único pago anual coincidente con la mensualidad de octubre.
- La adaptación de jornada se negocia durante un periodo máximo de treinta días.
Preguntas y respuestas
¿A quién se aplica el convenio?
Al personal con relación laboral en los centros de trabajo de Radio Popular, SA, y de otras emisoras que se adhieran, salvo los colectivos excluidos expresamente.
¿Cuál es la jornada ordinaria?
Treinta y cinco horas semanales y 1.561 horas anuales.
¿Cuándo se aplican las tablas salariales?
Aplican sus efectos desde el 1 de enero de 2022. El convenio prevé un incremento del 4,2 % y un 0,3 % más a final de año si se llega a cubrir el 110 % del resultado presupuestado.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
A quien tenga más de un año de servicio le corresponden veinticuatro días laborables por año efectivamente trabajado. Además, tiene derecho a un día más los días 24 o 31 de diciembre, con las condiciones previstas.
¿Qué plazo hay para comunicar una baja voluntaria?
Al menos quince días; el plazo es de dos meses en puestos de jefatura y/o responsabilidad.
¿Quién puede tener prioridad para ocupar una vacante al solicitar un traslado?
Quien lleve al menos un año en la empresa y haya solicitado el traslado por escrito tiene prioridad frente a personas ajenas a la empresa. Se da prioridad a quien lo solicite para procurar la reagrupación familiar.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 12 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 25 de julio de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-12356- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Convenios colectivos · Radiodifusión
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
- en relación con el Convenio publicado por Resolución de 31 de mayo de 2021 (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se dicta en relación y se publica un nuevo Convenio, Resolución de 24 de octubre de 2025
- se dicta en relación y se publica revisión salarial, por Resolución de 16 de abril de 2024
- se dicta en relación y se publica revisión salarial, por Resolución de 30 de junio de 2023
Otras normas que menciona (6)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 1/2004 (en el BOE)
- Ley 36/2011 (en el BOE)
- Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio (en el BOE)
- Ley 31/1995 (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007 (en el BOE)
- Ley 30/2015 (en el BOE)