Se distribuye entre varias comunidades y ciudades financiación social para programas de 2022.
Título oficial: Resolución de 14 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y la distribución resultante entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2022 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El acuerdo reparte financiación estatal para programas de apoyo a familias con menores, servicios sociales básicos y atención a la población gitana. La distribución no formaliza por sí misma los compromisos financieros ni genera un derecho de cobro.
Se distribuyen 198.704.000 euros para el Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil y las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, y 2.000.000 de euros para el Plan de Desarrollo Gitano. El reparto incluye a las comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra, y a Ceuta y Melilla.
La financiación comprende proyectos de apoyo a familias y menores, refuerzo de equipos de servicios sociales y prestaciones básicas, además de proyectos integrales para atender a la población gitana. Para algunos programas, las administraciones territoriales deben aportar una cantidad igual a la asignada; para el Plan de Desarrollo Gitano deben aportar al menos dos tercios de la cantidad financiada por el Ministerio. El acuerdo también establece condiciones para justificar los fondos y presentar información sobre su ejecución.
A quién afecta
- Comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra
- Ciudades de Ceuta y Melilla
- Corporaciones locales y entes públicos de carácter local que promuevan o gestionen proyectos
- Familias con menores en situación de vulnerabilidad, pobreza o riesgo de exclusión
- Niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad
- Personas gitanas en situación de mayor desventaja
Qué cambia
- Se distribuyen 198.704.000 euros para programas de protección familiar, atención a la pobreza infantil y prestaciones básicas de servicios sociales.
- Se destinan 65.000.000 euros a protección a la familia y atención a la pobreza infantil: 50.000.000 euros para proyectos de intervención y prestaciones y 15.000.000 euros para alimentación, ocio, cultura y conciliación durante las vacaciones escolares.
- Se destinan 25.000.000 de euros al refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia en servicios sociales de atención primaria.
- Se destinan 108.704.000 euros a prestaciones básicas de servicios sociales.
- Se distribuyen 2.000.000,00 de euros para proyectos de intervención social integral dirigidos a la población gitana.
- Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla deben cofinanciar los proyectos de refuerzo de equipos y prestaciones básicas con, al menos, una cantidad igual a la asignada. Para los proyectos del Plan de Desarrollo Gitano, la aportación será de al menos dos tercios de la cantidad financiada por el Ministerio.
- El incremento de 2022 respecto a 2021 de la aportación ministerial para Prestaciones Básicas de Servicios Sociales debe destinarse, al menos en un 20%, a aumentar las plantillas del personal de referencia de los servicios sociales de atención primaria.
Qué hay que hacer
- Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla deben promover los proyectos previstos y acordarlos con el Ministerio; en el programa de protección familiar deben incluir propuestas de los tres tipos de proyectos indicados.
- Las administraciones que cofinancien proyectos deben aportar las cantidades mínimas establecidas para cada programa.
- Las comunidades autónomas deben presentar un certificado del aumento de plantilla junto con la documentación necesaria antes del último pago, cuando corresponda.
- Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla deben remitir los proyectos aprobados y la relación certificada para tramitar el último pago.
- Las administraciones que gestionen los créditos deben informar sobre la puesta en marcha de los proyectos y sus incidencias o modificaciones, y remitir los estados de ejecución y las memorias exigidas.
Plazos
- Los pagos se efectúan por cuartas partes en la segunda quincena natural de cada trimestre; en este ejercicio, el primer pago acumula los tres primeros trimestres y es del 75 por 100, y el pago del último trimestre es del 25 por 100.
- El estado de ejecución del ejercicio debe remitirse no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente.
- La memoria de evaluación financiera y técnica debe presentarse en los 6 meses siguientes a la finalización del ejercicio presupuestario; el texto indica que los datos de ejecución deben presentarse a 30 de junio.
Preguntas y respuestas
¿Qué territorios reciben financiación?
Las comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra, y las ciudades de Ceuta y Melilla.
¿Cuánto se destina al Plan de Desarrollo Gitano?
Se distribuyen 2.000.000,00 de euros.
¿Las administraciones territoriales tienen que cofinanciar los proyectos?
Sí, para el refuerzo de equipos y las prestaciones básicas deben aportar, al menos, una cantidad igual a la asignada. Para el Plan de Desarrollo Gitano deben aportar al menos dos tercios de la cantidad financiada por el Ministerio. En los dos programas de protección familiar no se exige compromiso de cofinanciación.
¿El acuerdo garantiza por sí mismo que las comunidades reciban el dinero?
No. El texto dice que el acuerdo solo distribuye los créditos y no implica su ejecución ni genera un derecho de cobro. Después, el órgano competente aprobará las resoluciones que formalicen los compromisos financieros.
¿Cuándo deben enviarse los datos de ejecución y las memorias?
El estado de ejecución debe remitirse no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente. La memoria debe presentarse en los 6 meses siguientes a la finalización del ejercicio; el texto indica que los datos de ejecución se presentarán a 30 de junio.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
- Fecha de la norma
- 14 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 1 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-12916- Última actualización en el BOE
- 1 de agosto de 2022
Temas
Otras normas que menciona (4)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril (en el BOE)
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio (en el BOE)