Convenio para financiar actuaciones municipales de igualdad de género con 300.000 euros
Título oficial: Resolución de 20 de julio de 2022, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales para 2022 para desarrollar actuaciones en materia de igualdad.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
El Instituto de las Mujeres destina 300.000 euros a la Federación Española de Municipios y Provincias para apoyar iniciativas locales de igualdad. La Federación convocará ayudas para entidades locales asociadas y creará una Escuela Municipal de Igualdad online.
La financiación se distribuye en 75.000 euros para coordinar, gestionar y hacer seguimiento de la convocatoria; 200.000 euros para ayudas a entidades locales asociadas, y 25.000 euros para la Escuela Municipal de Igualdad online. Los proyectos deben promover la conciliación y la corresponsabilidad, la atención y el cuidado de personas, o el empleo municipal con perspectiva de género.
Pueden optar a las ayudas las entidades locales asociadas que cumplan los requisitos de la modalidad correspondiente. La modalidad A se dirige, entre otras, a entidades con hasta 10.000 habitantes y determinados proyectos de conciliación y cuidados. La modalidad B exige un Plan de Igualdad vigente y proyectos de empleo con perspectiva de género. Las ayudas máximas y el número previsto varían según la población y el tipo de entidad; los proyectos necesitan al menos 5 puntos para poder resultar beneficiarios.
A quién afecta
- Federación Española de Municipios y Provincias
- Entidades locales asociadas a la Federación Española de Municipios y Provincias que opten a la convocatoria
Qué cambia
- Se canaliza una subvención nominativa de 300.000,00 euros para apoyar la igualdad de género en el ámbito local.
- Se destinan 75.000 euros a la coordinación, gestión y seguimiento de la convocatoria.
- Se destinan 200.000 euros a ayudas para entidades locales asociadas.
- Se destinan 25.000 euros a crear una Escuela Municipal de Igualdad online.
- Se financiarán proyectos de conciliación y corresponsabilidad, cuidados y empleo con perspectiva de género.
- La subcontratación puede alcanzar el 100 % de la subvención; si supera el 20 por ciento y el importe es superior a 60.000 euros, requiere autorización previa por escrito.
- Las entidades beneficiarias deben justificar los gastos y comunicar otras ayudas para los mismos fines; la financiación total no puede superar el coste de las actividades.
Qué hay que hacer
- Las entidades locales interesadas deben presentar sus solicitudes según la convocatoria de ayudas de la Federación Española de Municipios y Provincias; el texto no indica el plazo ni el lugar de presentación.
- Las entidades beneficiarias deben presentar la justificación en el plazo de dos meses desde que termine el periodo de realización de las actividades.
- Las entidades beneficiarias deben informar a la autoridad concedente de otras subvenciones otorgadas para los mismos fines.
- La Federación Española de Municipios y Provincias debe presentar la documentación justificativa antes del 31 de marzo de 2024.
Plazos
- Las actividades pueden realizarse desde el inicio de la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2023.
- La justificación debe presentarse en el plazo de dos meses desde que termine el periodo de realización de las actividades.
- La documentación justificativa debe presentarse antes del 31 de marzo de 2024; para esa fecha los gastos deberán estar efectivamente pagados.
- El Convenio estará vigente hasta el 31 de marzo de 2024.
Preguntas y respuestas
¿Quién puede ser beneficiario de las ayudas?
La Federación Española de Municipios y Provincias y las entidades locales asociadas que sean seleccionadas y se comprometan a realizar las actividades subvencionadas.
¿Qué proyectos pueden recibir financiación?
Proyectos de conciliación y corresponsabilidad, atención y cuidado de menores, personas mayores o dependientes y colectivos vulnerables, o planes de empleo municipal con perspectiva de género.
¿Cuánto puede recibir una entidad local?
Depende de la modalidad. En la modalidad A, las cuantías máximas indicadas son de 3.000, 4.000 o 7.500 euros; en la modalidad B, de 4.000, 5.000 o 7.500 euros, según el tipo de entidad y su población.
¿Qué requisitos de puntuación se aplican?
La valoración tiene una puntuación máxima de 10 puntos. Se exige un mínimo de 5 puntos para que el proyecto pueda resultar beneficiario.
¿Cuándo deben justificarse las ayudas?
En el plazo de dos meses desde que termine el periodo de realización de las actividades. La documentación justificativa debe presentarse antes del 31 de marzo de 2024.
¿Pueden combinarse estas ayudas con otras subvenciones?
Sí. La entidad debe informar de otras subvenciones concedidas para los mismos fines y la financiación total no puede superar el coste de las actividades subvencionadas.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Igualdad
- Fecha de la norma
- 20 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 1 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-12917- Última actualización en el BOE
- 20 de octubre de 2024
Temas
Normas posteriores que la afectan
- se corrigen errores , por Resolución de 11 de octubre de 2022 (en el BOE)
Otras normas que menciona (10)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en el BOE)
- Real Decreto 455/2020, de 10 de marzo (en el BOE)
- Ley 7/1985, de 2 de abril (en el BOE)
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)