Distribuye fondos de 2022 y actualiza las condiciones del programa de competencia digital educativa
Título oficial: Resolución de 21 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 23 de junio de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de cooperación territorial para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio presupuestario 2022, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.
Se distribuyen 284.741.600,00 euros entre las comunidades autónomas para mejorar la competencia digital educativa. También se modifican las reglas del programa, sus objetivos, el plazo de ejecución y las obligaciones de justificación y control.
El reparto se calcula según el número de docentes (70%), el número de centros (25%) y la dispersión de la población e insularidad (5%). Las comunidades autónomas gestionan los fondos y ejecutan las actuaciones. Para 2022, Navarra y La Rioja reducen las cuantías previstas en el acuerdo de 2021, y esas cantidades se reparten entre las demás comunidades autónomas, sin cambiar el importe total.
El programa busca que los centros dispongan de un Plan Digital, que el profesorado pueda acreditar su competencia digital y que se acredite su grado de competencia. Las comunidades autónomas deben justificar las actuaciones y cumplir las obligaciones de seguimiento y verificación. Si no se realiza el gasto o se incumplen total o parcialmente los objetivos, deben reintegrar los fondos al Tesoro Público.
A quién afecta
- Comunidades autónomas que gestionan los fondos del programa
- Centros educativos participantes
- Profesorado de los centros participantes
Qué cambia
- Se distribuyen 284.741.600,00 euros para el programa durante 2022.
- El reparto se basa en el número de docentes (70%), el número de centros (25%) y la dispersión de la población e insularidad (5%).
- Para 2022, Navarra y La Rioja reducen sus cuantías, que se reparten entre las restantes comunidades autónomas.
- El plazo de ejecución del programa queda fijado desde 1 de enero de 2021 hasta 30 de junio de 2024.
- Se actualizan los objetivos: que los centros tengan un Plan Digital, que el profesorado pueda acreditar su competencia digital y que se acredite su nivel.
- Se añaden obligaciones de gestión, seguimiento y verificación para las comunidades autónomas.
- La justificación debe incluir documentación sobre las actuaciones, el profesorado certificado y los centros que elaboran o revisan sus estrategias digitales.
- Si no se realiza el gasto o se incumplen total o parcialmente los objetivos, las comunidades autónomas deben reintegrar los fondos al Tesoro Público.
Qué hay que hacer
- Las comunidades autónomas deben ejecutar las actuaciones del programa y gestionar los fondos recibidos.
- Las comunidades autónomas deben presentar la justificación de las acciones antes de 31 de agosto de 2024.
- Las comunidades autónomas deben reintegrar los fondos al Tesoro Público si no realizan el gasto o incumplen total o parcialmente los objetivos.
Plazos
- El programa se ejecuta desde 1 de enero de 2021 hasta 30 de junio de 2024.
- La justificación debe presentarse en los dos meses siguientes a la finalización del plazo de las actuaciones, es decir, antes de 31 de agosto de 2024.
Preguntas y respuestas
¿Cuánto dinero se distribuye?
Se distribuyen 284.741.600,00 euros para el programa en el ejercicio presupuestario 2022.
¿Cómo se calcula el reparto entre comunidades autónomas?
Se ponderan el número de docentes (70%), el número de centros (25%) y la dispersión de la población e insularidad (5%).
¿Cuándo se ejecuta el programa?
El plazo va desde 1 de enero de 2021 hasta 30 de junio de 2024.
¿Cuándo deben presentarse las justificaciones?
Antes de 31 de agosto de 2024.
¿Qué ocurre si no se gasta el dinero o no se cumplen los objetivos?
Las comunidades autónomas deben reintegrar los fondos recibidos al Tesoro Público.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Fecha de la norma
- 21 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 3 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-13096- Última actualización en el BOE
- 3 de agosto de 2022
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)