Se publica el convenio colectivo de las empresas de conservas y salazones de pescado y marisco para 2021-2024
Título oficial: Resolución de 28 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para el sector de conservas, semiconservas y salazones de pescado y marisco para los años 2021-2024.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
El convenio regula las condiciones laborales del personal de las empresas del sector en todo el Estado español. Incluye, entre otras materias, salarios, jornada, permisos, vacaciones y contratación.
Se aplica a las empresas que manipulan, conservan, elaboran o preparan productos de pescado y marisco, así como a sus actividades auxiliares dependientes. Abarca al personal de esas empresas, salvo los cargos de alta dirección y alto consejo que cumplen las condiciones indicadas en el Estatuto de los Trabajadores.
El convenio tiene una duración de cuatro años, desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024. Fija incrementos salariales por año y una revisión si el IPC Real interanual de diciembre supera el incremento previsto. También regula, entre otras cuestiones, la jornada anual de 1.730 horas, las vacaciones, permisos retribuidos, ayudas y condiciones de contratación.
A quién afecta
- Personal de empresas de conservas, semiconservas y salazones de pescado y marisco en el Estado español
- Personal de actividades auxiliares que dependan de esas empresas y estén a su servicio
Qué cambia
- Establece las condiciones laborales del sector para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.
- Fija incrementos salariales del 6,50 % para 2021, del 1,00 % para 2022, del 1,50 % para 2023 y del 1,50 % para 2024, sujetos a revisión anual según el IPC Real interanual de diciembre.
- Añade un incremento salarial del + 0,3 % cada año para todas las categorías del Grupo 5 de fabricación.
- Establece una jornada anual de 1.730 horas.
- Regula permisos retribuidos, excedencias, vacaciones y complementos por distintas situaciones laborales.
- Establece ayudas mensuales por descendientes con discapacidad reconocida y una ayuda escolar de 15,02 euros por curso y por unidad familiar.
Qué hay que hacer
- Las personas trabajadoras fijas-discontinuas deben incorporarse dentro de las 72 horas (tres días) siguientes al llamamiento.
- Quien solicite una excedencia debe hacerlo ante la empresa; la solicitud debe contestarse en el plazo de veinte días.
- Para recibir la ayuda escolar, debe presentarse el certificado de matriculación del hijo o hijos afectos a escolaridad obligatoria.
Plazos
- El convenio dura cuatro años, del 1 de enero del año 2021 al 31 de diciembre del año 2024.
- Los atrasos económicos correspondientes deben pagarse durante 2022.
- El personal fijo-discontinuo dispone de 72 horas (tres días) para incorporarse tras el llamamiento.
- La ayuda escolar se abona una vez en el mes de septiembre.
- La ayuda mensual por descendientes con discapacidad se percibe según los días de permanencia en alta y jornada.
Preguntas y respuestas
¿A qué empresas se aplica el convenio?
A las empresas que manipulan, conservan, elaboran o preparan productos de pescado y marisco, incluidas ciertas actividades auxiliares dependientes de ellas.
¿A qué personal se aplica?
A la totalidad del personal de esas empresas, excepto los cargos de alta dirección y alto consejo que cumplen las condiciones señaladas en el Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuántas horas de jornada anual establece?
Establece una jornada anual de 1.730 horas para cada año de vigencia.
¿Qué incrementos salariales prevé?
6,50 % para 2021, 1,00 % para 2022, 1,50 % para 2023 y 1,50 % para 2024. Si el IPC Real interanual de diciembre supera el incremento previsto, se revisan las tablas salariales.
¿Qué ayuda escolar contempla?
Una ayuda de 15,02 euros por curso y por unidad familiar. Se abona en una sola vez en septiembre, previa presentación del certificado de matriculación.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 28 de julio de 2022
- Publicada en el BOE
- 11 de agosto de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-13568- Última actualización en el BOE
- 17 de junio de 2026
Temas
Materias: Arbitraje laboral · Conflictos colectivos de trabajo · Conservas · Convenios colectivos · Mariscos · Pescado · Productos pesqueros · Salazones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
- en relación con el Convenio publicado por Resolución de 11 de enero de 2017 (en el BOE)
Normas posteriores que la afectan
- se dicta en relación y se publica un nuevo Convenio, Resolución de 2 de junio de 2026.
- se dicta en relación y se publican tablas salariales, por Resolución de 6 de marzo de 2026
- se dicta en relación y se publican tablas salariales, por Resolución de 13 de marzo de 2025
- se dicta en relación , y se publican tablas salariales, por Resolución de 14 de marzo de 2024
- se dicta en relación y se publican las tablas salariales definitivas para el año 2022 y las provisionales para los años 2023 y 2024: Resolución de 9 de marzo de 2023
Otras normas que menciona (5)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo (en el BOE)
- Real Decreto 901/2020 (en el BOE)
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre (en el BOE)