Resolución

Asignación de subvenciones para reparar daños en infraestructuras municipales y redes viarias

Título oficial: Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2021, por el que se declara a varias comunidades autónomas "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil".

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 16 de agosto de 2022 BOE-A-2022-13837 8 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

Se asignan subvenciones para proyectos de reparación de daños causados por una emergencia de Protección Civil. El importe máximo total es de 2.406.551,85 euros; también se desestiman varias solicitudes y se inadmite otra.

La resolución aprueba las subvenciones máximas para los proyectos que figuran en el anexo I. Las entidades beneficiarias son las diputaciones provinciales o, cuando corresponda, las comunidades autónomas uniprovinciales. Estas pueden fijar instrucciones sobre el plazo y la forma para que las entidades ejecutoras les envíen la información necesaria.

La resolución desestima las solicitudes del anexo II por los motivos indicados allí e inadmite la solicitud del anexo III. El texto facilitado no incluye la relación de proyectos ni los motivos concretos de inadmisión del anexo III.

A quién afecta

  • Diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales beneficiarias
  • Entidades ejecutoras de los proyectos
  • Entidades solicitantes de subvenciones

Qué cambia

  • Se asignan subvenciones máximas por un total de 2.406.551,85 euros a los proyectos del anexo I.
  • Se desestiman las solicitudes de los proyectos del anexo II.
  • Se inadmite a trámite la solicitud del anexo III.
  • Las entidades beneficiarias pueden concretar el plazo y la forma para recibir información de las entidades ejecutoras.

Qué hay que hacer

  • Las entidades ejecutoras deben remitir a las entidades beneficiarias la información que estas soliciten, dentro del plazo y por la forma que establezcan sus instrucciones.

Plazos

  • El requerimiento para la anulación o revocación puede presentarse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
  • El requerimiento se entiende rechazado si la Secretaría General Técnica del Departamento no lo contesta dentro del mes siguiente a su recepción.
  • El recurso contencioso-administrativo puede interponerse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o, si se presentó el requerimiento, desde que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Preguntas y respuestas

¿Cuál es el importe máximo total asignado?

2.406.551,85 euros.

¿Qué solicitudes se desestiman?

Las correspondientes a los proyectos del anexo II, por los motivos indicados en ese anexo.

¿Se puede impugnar la resolución?

Sí. Se puede presentar un requerimiento para su anulación o revocación o interponer directamente un recurso contencioso-administrativo, dentro de los plazos señalados.

¿Quién puede fijar instrucciones para que se remita información sobre los proyectos?

Las diputaciones provinciales o, en su caso, las comunidades autónomas uniprovinciales beneficiarias.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Política Territorial
Fecha de la norma
11 de agosto de 2022
Publicada en el BOE
16 de agosto de 2022
Identificador
BOE-A-2022-13837
Última actualización en el BOE
16 de agosto de 2022

Temas

Otras normas que menciona (8)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.