Se distribuyen fondos de 2022 para actividades de Memoria Democrática entre comunidades y ciudades autónomas.
Título oficial: Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de la II Conferencia Sectorial de Memoria Democrática, por el que se determinan los criterios de reparto, así como la distribución resultante de fondos para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en el año 2022 para actividades de Memoria Democrática y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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La resolución fija el reparto de fondos de 2022 para actividades de Memoria Democrática y formaliza las transferencias vinculadas a proyectos acordados. Las administraciones receptoras deben justificar el uso del dinero y enviar informes finales.
Las transferencias se realizarán según los proyectos presentados y acordados con la Secretaría de Estado. Se dejarán sin efecto las transferencias a las comunidades y ciudades autónomas que, en la fecha de la resolución, no hubieran enviado su propuesta de proyectos o actuaciones para 2022, hasta que la remitan y se apruebe de mutuo acuerdo.
Las administraciones receptoras deben justificar los fondos mediante un certificado del estado de ejecución y controlar que se obtengan, utilicen y destinen correctamente. Los fondos no comprometidos conservan su destino y se descuentan de la transferencia del ejercicio siguiente; si la actuación deja de estar en el presupuesto, primero se pagan las obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
También deben enviar en formato digital informes finales sobre las actuaciones de localización, exhumación e identificación de víctimas, y sobre divulgación, dignificación de lugares de enterramiento y promoción de lugares de memoria.
A quién afecta
- Comunidades Autónomas
- Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla
Qué cambia
- Se distribuye el crédito de 2022 para proyectos de Memoria Democrática acordados con la Secretaría de Estado.
- Se dejan sin efecto las transferencias a las administraciones que no hayan remitido su propuesta de proyectos para 2022, hasta que la envíen y se apruebe de mutuo acuerdo.
- Las administraciones receptoras deben justificar el empleo de los fondos mediante un certificado firmado por la persona titular del centro directivo que gestione la transferencia y validado por la Intervención.
- Los remanentes no comprometidos conservan su destino y se descuentan de la cantidad que corresponda transferir en el ejercicio siguiente.
- Si la actuación deja de figurar en el presupuesto del ejercicio siguiente, los fondos se destinan primero a pagar obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
- Se exige el envío de informes finales digitales sobre las actuaciones financiadas.
Qué hay que hacer
- Las comunidades y ciudades autónomas que reciban fondos deben remitir al Ministerio el certificado de ejecución, con anterioridad al 31 de marzo del 2023.
- El certificado debe indicar los compromisos de crédito, las obligaciones reconocidas y los pagos realizados en el año; también debe detallar, en su caso, las obligaciones pendientes a 31 de diciembre de 2022, el acreedor y las fechas de salida material de fondos.
- Las administraciones receptoras deben enviar en formato digital los informes finales de las líneas 1, 2 y 3.
- Las administraciones receptoras deben controlar que los fondos se obtengan, disfruten y destinen correctamente.
Plazos
- Con anterioridad al 31 de marzo del 2023: remisión del certificado de ejecución.
- A 31 de diciembre de 2022: fecha de referencia para indicar las obligaciones pendientes de pago.
Preguntas y respuestas
¿Quiénes reciben los fondos?
Las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, conforme a los proyectos presentados y acordados con la Secretaría de Estado.
¿Qué ocurre si una administración no presentó su propuesta de proyectos para 2022?
Se deja sin efecto su transferencia hasta que remita la propuesta y esta se apruebe de mutuo acuerdo.
¿Cuándo hay que enviar el certificado de ejecución?
Con anterioridad al 31 de marzo del 2023.
¿Qué informes finales deben enviarse?
Un informe sobre las actuaciones de localización, exhumación e identificación de víctimas, y otro sobre divulgación, dignificación de lugares de enterramiento y promoción de lugares de memoria.
¿Qué pasa con los fondos no comprometidos?
Mantienen su destino y se descuentan de la transferencia del ejercicio siguiente. Si la actuación se suprime del presupuesto siguiente, primero se pagan las obligaciones pendientes y el sobrante no comprometido se reintegra al Estado.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Fecha de la norma
- 14 de septiembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 21 de septiembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-15395- Última actualización en el BOE
- 21 de septiembre de 2022
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)