Convenio colectivo de SEAT, SA para los años 2022 a 2026
Título oficial: Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XX Convenio colectivo de SEAT, SA.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.
El convenio regula las condiciones laborales de la plantilla de SEAT, SA, incluidos salarios, jornada, vacaciones, promociones y organización del trabajo. Se aplica a todos los centros de trabajo y personas empleadas, salvo al personal directivo y extraconvenio.
El convenio dura del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026. Establece reglas sobre clasificación profesional, retribuciones, contratación, promoción, movilidad, formación, permisos, jornada, descansos, vacaciones, prevención de riesgos y organización del trabajo. El texto facilitado está recortado y no incluye los anexos ni el resto de algunas disposiciones.
Entre las medidas económicas figuran incrementos y revisiones salariales, pagos variables ligados al Resultado Operativo y distintos pluses. También fija jornadas distintas según la vinculación con el proceso productivo y regula turnos, vacaciones colectivas y permisos.
A quién afecta
- Personas empleadas de SEAT, SA en sus centros de trabajo, excepto el personal directivo y extraconvenio.
Qué cambia
- El convenio establece una vigencia de cinco años, del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026.
- Regula los niveles profesionales, las promociones y los periodos para obtener las letras retributivas A, B, C, D y E.
- Establece jornadas anuales distintas para el personal relacionado y no relacionado con el proceso productivo.
- Regula la cuenta de horas, los turnos adicionales, el trabajo en fines de semana y sus compensaciones.
- Fija reglas para las vacaciones de verano y Navidad, permisos y desplazamientos de vacaciones.
- Establece incrementos y revisiones salariales para 2021-2026, además de una retribución variable ligada al Resultado Operativo anual.
- Crea el nivel 14 con efectos 1 de agosto de 2022 y dispone que el actual nivel de Supervisor/a será nivel 13 y el de Oficial Técnico/a Mantenedor/a será nivel 12.
Qué hay que hacer
- Quienes soliciten revisar la calificación de un concurso de promoción deben pedirlo en el plazo máximo de cinco días laborables desde la publicación de los resultados.
- Quienes resulten aptos para cubrir una vacante deben ocuparla en un plazo máximo de tres meses desde la publicación de los resultados del concurso.
- El personal debe comunicar el extravío de la tarjeta de identificación dentro de los tres días siguientes a haberse producido.
- El personal debe enviar el parte de baja y confirmación de incapacidad temporal dentro de las veinticuatro horas siguientes a su emisión y entregar el documento original dentro de las 72 horas siguientes, salvo la excepción indicada en el convenio.
- El personal debe presentar el documento original del parte de alta en persona dentro de las veinticuatro horas siguientes a su emisión.
Plazos
- Del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026.
- Los efectos económicos relacionados con la obtención de la Letra E y el nivel 9 se aplican de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2021.
- La nueva organización del trabajo tendrá efectos con carácter general a partir del 1 de enero de 2023; si no está definida al firmarse el calendario básico anual de 2023, se mantendrá el sistema actual hasta el 1 de enero de 2024, salvo en las áreas donde ya se haya establecido la nueva organización.
- A partir del 1 de enero de 2023, la jornada individual del colectivo no relacionado con el proceso productivo será de 218 días (1.744 horas).
- Las jornadas adicionales en fin de semana o festivo se compensan según el régimen previsto desde el 1 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023; a partir del 1 de enero de 2024 se compensan con acumulación de horas.
- El permiso individual de libre disposición podrá ser de como máximo de 32 horas/año natural, una vez se establezca la nueva organización del trabajo prevista en el artículo 93.
- Las vacaciones que coincidan con incapacidad temporal podrán disfrutarse posteriormente, si no han transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.
- Las personas trabajadoras pueden entregar solicitudes de voluntariedad para las vacaciones antes del 20 de abril de cada año. La empresa debe comunicar las fechas individuales antes de que finalice abril.
Preguntas y respuestas
¿A quién se aplica el convenio?
A todas las personas empleadas de SEAT, SA en sus centros de trabajo, excepto el personal directivo y extraconvenio.
¿Cuánto dura el convenio?
Del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026.
¿Cómo se compensan las jornadas adicionales en fines de semana o festivos?
Desde el 1 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023 se alternan pago y acumulación durante las primeras 19 jornadas, y desde la jornada n.º 20 se acumulan las horas. A partir del 1 de enero de 2024, todas se compensan con acumulación de horas.
¿Cuántos días de vacaciones colectivas se establecen?
Para el personal relacionado con el proceso productivo se prevén cuatro semanas de vacaciones colectivas en verano y cinco días laborables en Navidad. Para el personal no relacionado con el proceso productivo también se establecen cuatro semanas consecutivas en verano y cinco días laborables en Navidad.
¿Qué plazo hay para pedir la revisión de la calificación de un concurso?
Como máximo, cinco días laborables desde la fecha de publicación de los resultados.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 19 de septiembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 29 de septiembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-15862- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Convenios colectivos · Industrias · Vehículos de motor
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
- en relación con el Convenio publicado por Resolución de 13 de septiembre de 2016 (en el BOE)
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto-ley 29/2021 (en el BOE)
- Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto (en el BOE)