Resolución

El convenio estatal fija condiciones laborales para las empresas organizadoras del juego del bingo

Título oficial: Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo marco estatal para las empresas organizadoras del juego del bingo.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 10 de octubre de 2022 BOE-A-2022-16494 43 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

El convenio regula las condiciones de trabajo del personal de las empresas que organizan o gestionan el bingo en España. Incluye reglas sobre contratación, jornada, salarios, permisos, formación, movilidad y subrogación empresarial.

Se aplica a las empresas que organizan o gestionan directamente el bingo en España y al personal que presta servicios en sus salas y servicios auxiliares, cualquiera que sea su modalidad de contrato. Los convenios de ámbito inferior tienen prioridad en determinadas materias; el convenio marco se aplica de forma subsidiaria cuando esos convenios no regulan un aspecto y por completo donde no exista otro convenio aplicable.

El texto establece condiciones sobre salarios y pagas, jornada y descansos, vacaciones, permisos, movilidad, formación y prevención de riesgos. También fija reglas para mantener las condiciones y la antigüedad del personal cuando cambia la empresa responsable del servicio en los supuestos previstos. El texto facilitado está recortado y no incluye los anexos.

A quién afecta

  • Trabajadores y trabajadoras de empresas que organizan o gestionan el juego del bingo en España
  • Empresas organizadoras y gestoras del juego del bingo en España

Qué cambia

  • Fija una jornada máxima anual de 1.783 horas durante la vigencia del convenio y una jornada semanal media de cuarenta horas de trabajo efectivo.
  • Establece que el porcentaje mínimo de contratos indefinidos sea del 70 % de la plantilla de cada centro de trabajo.
  • Regula condiciones salariales, entre ellas tres pagas extraordinarias y diversos complementos; algunos importes y conceptos del texto se refieren solo al año 2022.
  • Reconoce treinta días naturales de vacaciones anuales retribuidas, con las condiciones previstas en el convenio.
  • Establece permisos retribuidos y no retribuidos y reglas sobre lactancia.
  • Regula la subrogación del personal en determinados cambios de titularidad o de empresa responsable del servicio, con respeto a los derechos acreditados documentalmente.
  • Fija límites y condiciones para contratos de duración determinada, períodos de prueba, movilidad funcional y traslados.
  • Establece medidas de formación profesional, seguridad y salud, igualdad y derechos sindicales.

Qué hay que hacer

  • Quien quiera cesar voluntariamente debe comunicarlo por escrito a la empresa, con acuse de recibo y un plazo de quince días, salvo la excepción indicada para trabajadoras víctimas de violencia de género.
  • Quien tenga una excedencia voluntaria debe comunicar de forma fehaciente a la empresa, con un mes de antelación al término, su intención de reincorporarse.
  • Quien solicite un permiso no retribuido debe pedirlo por escrito y justificar la causa.

Plazos

  • Los aspectos económicos se retrotraen al día 1 de enero de 2022.
  • La duración inicial termina el 31 de diciembre de 2024.
  • La denuncia del convenio debe hacerse como mínimo tres meses antes de finalizar su vigencia.
  • Si no se denuncia en tiempo y forma, el convenio se prorroga de año en año.
  • Las vacaciones se disfrutan dentro del año natural correspondiente, salvo los supuestos de suspensión descritos en el convenio.
  • La prestación de invalidez o muerte prevista en el artículo 67 se actualiza y entra en vigor a los tres meses de la publicación del convenio en el «Boletín Oficial del Estado».

Preguntas y respuestas

¿A qué empresas y trabajadores se aplica?

A las empresas que organizan o gestionan directamente el bingo en España y al personal que trabaja en sus salas y servicios auxiliares, cualquiera que sea su modalidad de contrato.

¿Cuántas horas de trabajo establece el convenio?

La jornada máxima anual es de 1.783 horas y la jornada semanal media es de cuarenta horas de trabajo efectivo. También se pacta un horario flexible con los límites diarios y semanales indicados en el convenio.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Treinta días naturales retribuidos. Se disfrutan de forma ininterrumpida, salvo pacto en contrario, y dentro del año natural, con las excepciones previstas.

¿Qué pasa con el personal cuando cambia la empresa responsable del servicio?

En los supuestos previstos, el personal pasa a la empresa que continúa el servicio, que debe respetar los derechos y obligaciones acreditados documentalmente.

¿Qué porcentaje mínimo de contratos indefinidos debe tener cada centro?

El 70 % de la plantilla de cada centro de trabajo.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
29 de septiembre de 2022
Publicada en el BOE
10 de octubre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-16494
Última actualización en el BOE
15 de junio de 2026

Temas

Materias: Arbitraje laboral · Bingo · Conflictos colectivos de trabajo · Convenios colectivos · Formación profesional

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.