Se modifica el artículo sobre toreros cómicos del convenio taurino
Título oficial: Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VI Convenio colectivo nacional taurino.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
El acuerdo cambia las reglas para las cuadrillas cómicas y los espectáculos cómico-taurinos. En las plazas de primera y segunda categoría habrá una parte seria obligatoria; en las demás será opcional.
La cuadrilla cómica estará formada por un jefe, un número suficiente de toreros y un mozo de espadas. Tras la lidia de una res en la parte cómica, la cuadrilla no estará obligada a encerrarla.
En plazas de primera y segunda categoría, el espectáculo deberá incluir al comienzo una parte seria, con al menos una res por cuadrilla, conforme a lo previsto para las novilladas sin picadores. En las demás plazas, esta parte será opcional.
El jefe de la cuadrilla cómica asumirá sus sueldos, gastos y los del montaje. La empresa titular de la plaza deberá pagarle, al menos, los honorarios que determine la Comisión Negociadora; el jefe deberá pagar a sus integrantes los salarios mínimos que esta determine. Ambos importes deben fijarse en el plazo de seis meses a partir de la publicación del presente convenio.
A quién afecta
- Jefes y miembros de cuadrillas cómicas
- Empresas titulares de plazas de toros
- Organizadores de espectáculos cómico-taurinos
Qué cambia
- Se establece quiénes forman la cuadrilla cómica: un jefe, un número suficiente de toreros y un mozo de espadas.
- Las cuadrillas no estarán obligadas a encerrar la res después de su lidia en la parte cómica.
- En plazas de primera y segunda categoría será obligatoria una parte seria al comienzo del espectáculo, con al menos una res por cuadrilla.
- En las restantes plazas, la parte seria será opcional.
- El jefe de la cuadrilla asumirá los sueldos y gastos de esta y los del montaje del espectáculo.
- La empresa titular de la plaza deberá abonar al jefe, al menos, los honorarios que determine la Comisión Negociadora.
- El jefe deberá pagar a los integrantes los salarios mínimos que determine la Comisión Negociadora.
Plazos
- Los honorarios mínimos para el jefe y los salarios mínimos para los integrantes deben determinarse en el plazo de seis meses a partir de la publicación del presente convenio.
Preguntas y respuestas
¿En qué plazas es obligatoria la parte seria?
En las plazas de primera y segunda categoría. En las restantes plazas, será opcional.
¿Cuándo se celebra la parte seria?
Al comienzo del festejo.
¿Quién asume los gastos de la cuadrilla cómica y del montaje?
El jefe de la cuadrilla cómica.
¿La empresa titular de la plaza debe pagar al jefe de la cuadrilla?
Sí. Debe abonarle, al menos, los honorarios que determine la Comisión Negociadora.
¿Qué debe pagar el jefe a los integrantes de la cuadrilla?
Los salarios mínimos que determine la Comisión Negociadora.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 18 de octubre de 2022
- Publicada en el BOE
- 31 de octubre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-17790- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Convenios colectivos · Corridas de toros · Espectáculos · Plazas de toros · Toreros
Normas que cita o modifica
- modifica el art. 9 del Convenio publicado por Resolución de 2 de septiembre de 2022
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)