Instrucciones para pagar al personal público estatal el aumento adicional del 1,5 por ciento
Título oficial: Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 1,5 por ciento previsto en el artículo 23 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El personal del sector público estatal recibe un incremento adicional del 1,5 por ciento, con efectos de 1 de enero de 2022. Se incluye en la nómina de noviembre de 2022 y los atrasos de enero a octubre se pagan entonces, salvo que no sea posible por motivos formales o técnicos.
El incremento se calcula sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2021. En los recibos de nómina deben identificarse los conceptos retributivos afectados y las fechas de inicio y fin de los atrasos.
La forma de pago depende de la situación del empleado. En algunos casos se paga de oficio; si cambió de destino, dejó el sector público estatal, ya no está en servicio activo o solo percibió trienios, debe presentar una solicitud ante el órgano o centro que abonó las retribuciones. Para el personal laboral no incluido en los supuestos de pago en los mismos plazos generales, el abono se realiza en la primera nómina del mes posterior a completar los trámites exigidos.
A quién afecta
- Personal funcionario y estatutario del sector público estatal
- Altos cargos y personal directivo a los que se refiere el artículo 21 de la Ley 22/2021
- Personal laboral del sector público estatal
Qué cambia
- Se aplica un incremento adicional del 1,5 por ciento sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2021, con efectos de 1 de enero de 2022.
- La nómina de noviembre de 2022 y las posteriores incluyen el incremento.
- Los atrasos de enero a octubre de 2022 se pagan en la nómina de noviembre, salvo que falten elementos formales o existan motivos técnicos que lo impidan; en ese caso, se pagan en la primera nómina en que sea posible.
- Los atrasos se liquidan de oficio a quienes no cambiaron de destino durante el período indicado.
- Quienes cambiaron de destino dentro del sector público estatal, pasaron a otra Administración pública, dejaron de estar en servicio activo o perdieron la condición de empleado público deben solicitar los atrasos al centro o habilitación que abonó las retribuciones.
- Si el empleado falleció durante el período indicado, sus herederos pueden formular la petición conforme a Derecho Civil.
- Para parte del personal laboral, los atrasos se liquidan en la primera nómina del mes posterior a la finalización de los trámites exigidos.
Qué hay que hacer
- Si cambió de destino dentro del sector público estatal, presentar una petición al órgano de personal del centro que abonó las retribuciones.
- Si pasó a prestar servicios a otra Administración pública, solicitar los atrasos al centro donde prestó servicios en el sector público estatal.
- Si está jubilado, ya no está en servicio activo o perdió la condición de empleado público durante el período indicado, solicitar los atrasos a la habilitación que abonó las retribuciones.
- Si percibió únicamente trienios durante todo o parte del período, solicitar el pago a la habilitación que los abonó.
- Si el empleado falleció durante el período indicado, sus herederos pueden presentar la petición.
Plazos
- El incremento tiene efectos de 1 de enero de 2022.
- El incremento se incluye en la nómina del mes de noviembre de 2022 y en las posteriores.
- Los atrasos corresponden a los meses de enero a octubre de 2022.
- Si no se pueden abonar los atrasos en noviembre por motivos formales o técnicos, se pagan en la primera nómina en que sea posible.
- Para el personal laboral distinto del incluido en los supuestos de liquidación en los plazos generales, los atrasos se pagan en la primera nómina del mes posterior a la finalización de los trámites exigidos.
Preguntas y respuestas
¿Cuánto aumenta la retribución?
El incremento adicional es del 1,5 por ciento y se calcula sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2021.
¿Cuándo se cobran los atrasos?
Se abonan en la nómina de noviembre de 2022. Si no es posible por motivos formales o técnicos, se pagan en la primera nómina en que sea posible.
¿Tengo que solicitar los atrasos si no cambié de destino?
No. Se liquidan de oficio por el ministerio, organismo o entidad donde presta servicios en el momento indicado.
¿Qué ocurre si cambié de destino dentro del sector público estatal?
Debe presentar una petición al órgano de personal del centro que abonó las retribuciones.
¿Pueden solicitar los atrasos los herederos de un empleado fallecido?
Sí. La petición la formulan los herederos conforme a Derecho Civil.
¿Dónde puedo consultar las cuantías retributivas de 2022?
Están disponibles en el portal de la Administración presupuestaria.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Fecha de la norma
- 24 de octubre de 2022
- Publicada en el BOE
- 26 de octubre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-17471- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Altos cargos · Empleados públicos · Funcionarios públicos · Retribuciones
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 23.5 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)