Resolución

Distribuye fondos entre comunidades autónomas y Ceuta y Melilla para inversiones en movilidad sostenible y digital.

Título oficial: Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Nacional de Transportes de 5 de noviembre de 2021, por el que se fijan los criterios de distribución territorial de créditos presupuestarios de los ejercicios 2021 y 2022, así como la distribución de los correspondientes al ejercicio de 2021, para la financiación de actuaciones de inversión en el marco de los Componentes 1 "Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos" y 6 "Movilidad sostenible, segura y conectada" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 10 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-18446 72 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

El acuerdo fija cómo se reparten los créditos de 2021 y 2022 y detalla la distribución de 2021, por importe de 947.500.000 euros. Las administraciones beneficiarias deben financiar proyectos admisibles y cumplir objetivos, plazos y obligaciones de seguimiento.

La financiación se dirige a dos líneas: proyectos de movilidad sostenible en ciudades y áreas urbanas, y digitalización de los servicios de transporte y de los servicios administrativos relacionados con el transporte. Los fondos se distribuyen según la población de cada comunidad autónoma y de Ceuta y Melilla; la distribución de 2022 es orientativa y depende de que haya recursos presupuestarios adecuados.

Las actuaciones deben cumplir las condiciones del acuerdo, incluidos los hitos y objetivos del Plan de Recuperación. Entre otras medidas admisibles figuran zonas de bajas emisiones, mejoras del transporte público, movilidad activa, sistemas digitales de información y servicios de transporte a la demanda. El incumplimiento puede llevar a la pérdida de la ayuda o al reintegro de fondos.

A quién afecta

  • Comunidades autónomas beneficiarias
  • Ciudades de Ceuta y Melilla
  • Entidades públicas y otras administraciones que reciban fondos mediante convenios u otros instrumentos jurídicos

Qué cambia

  • Se distribuyen territorialmente créditos de 2021 por importe de 947.500.000 euros.
  • Se fijan criterios de distribución para los créditos de 2021 y 2022, según la población.
  • La distribución de 2022 tiene carácter orientativo y queda sujeta a la disponibilidad de recursos presupuestarios.
  • Se financian actuaciones de movilidad sostenible y digitalización del transporte.
  • Las administraciones beneficiarias deben cumplir hitos, objetivos e indicadores y presentar información de seguimiento.
  • Los fondos pueden tener que reintegrarse si no se realizan los gastos o se incumplen los objetivos.

Qué hay que hacer

  • Las administraciones beneficiarias deben destinar los fondos a las actuaciones previstas y justificar su uso y el cumplimiento de los objetivos ante la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
  • Las administraciones beneficiarias deben registrar y actualizar los indicadores en el sistema informático antes del día diez del mes siguiente al de referencia.
  • Las administraciones beneficiarias deben formalizar informes de gestión semestrales antes del 20 de julio y del 20 de enero de cada año, y formular informes de previsiones trimestrales.
  • Las administraciones beneficiarias deben licitar y adjudicar las inversiones dentro de los plazos fijados para cada línea.
  • Las administraciones beneficiarias deben finalizar y justificar los proyectos dentro de los plazos establecidos para cada línea.

Plazos

  • C1.I1-CCAA: a 30 de marzo de 2023 se deberá haber licitado por un valor de al menos el 100 % de la cuantía recibida.
  • C1.I1-CCAA: a 31 de diciembre de 2023 se deberá haber adjudicado por valor del importe total de la cuantía recibida.
  • C1.I1-CCAA: las actuaciones deberán finalizarse el 31 de diciembre de 2025.
  • C6.I4-CCAA: a 30 de septiembre de 2023 se deberá haber licitado por un valor de al menos el 100% de la cuantía recibida.
  • C6.I4-CCAA: a 30 de junio de 2024 se deberá haber adjudicado por valor del importe total de la cuantía recibida.
  • C6.I4-CCAA: las actuaciones deberán finalizarse el 30 de junio de 2026.
  • La información de los indicadores debe actualizarse no más tarde del día diez del mes siguiente al de referencia.
  • Los informes de gestión semestrales deben formalizarse antes del 20 de julio y del 20 de enero de cada año.

Preguntas y respuestas

¿Quiénes reciben directamente estos fondos?

Las beneficiarias son las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Pueden destinar fondos a entidades públicas u otras administraciones mediante convenios u otros instrumentos jurídicos.

¿Qué tipo de proyectos pueden financiarse?

Entre otros, proyectos de movilidad sostenible, mejoras del transporte público, movilidad activa, sistemas digitales de información y digitalización de servicios de transporte.

¿Cómo se distribuyen los créditos?

El criterio de reparto es la población de cada comunidad autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla, según las cifras oficiales referidas al 1 de enero de 2020.

¿Cuándo deben terminar los proyectos?

Los de la línea C1.I1-CCAA deben finalizarse el 31 de diciembre de 2025. Los de la línea C6.I4-CCAA deben finalizarse el 30 de junio de 2026.

¿Qué ocurre si no se cumplen los objetivos?

Puede perderse la subvención y exigirse el reintegro total o parcial de las cantidades recibidas, en los casos previstos en el acuerdo.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Fecha de la norma
2 de noviembre de 2022
Publicada en el BOE
10 de noviembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-18446
Última actualización en el BOE
10 de noviembre de 2022

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