El convenio de TRAGSA incorpora la extinción del contrato por jubilación y un plan de bajas incentivadas
Título oficial: Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del XVII Convenio colectivo de Transformación Agraria, SA.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El acuerdo añade al convenio de TRAGSA dos medidas: la extinción del contrato al cumplir los requisitos de jubilación ordinaria y las bajas incentivadas para determinadas edades. La aplicación de ambas medidas está sujeta a requisitos y, en varios casos, a las necesidades y autorizaciones de la empresa.
Con carácter general, el contrato podrá extinguirse cuando la persona trabajadora cumpla 68 años o más y reúna los requisitos para cobrar el cien por ciento de la pensión ordinaria de jubilación contributiva. Si no ha completado el período mínimo de cotización, podrá seguir trabajando hasta completarlo. La extinción solo podrá llevarse a cabo si la normativa permite reponer esa baja, mediante otro empleo fijo o la estabilización de empleos temporales.
El acuerdo también permite solicitar una baja incentivada entre los 61 y los 63 años, incluidos, con al menos 15 años de antigüedad. La indemnización será el 85 % del salario bruto que se habría abonado hasta la edad ordinaria de jubilación, como máximo durante 4 años y sin actualización. Se requieren autorizaciones y presupuesto suficiente; se atenderá como máximo un 10 % de las solicitudes en un año, entre quienes cumplan el criterio de edad. La medida depende de las necesidades de la empresa y del acuerdo entre esta y la persona trabajadora.
A quién afecta
- Personas trabajadoras de Transformación Agraria, SA (TRAGSA)
Qué cambia
- Se incorpora una causa de extinción del contrato al cumplir los requisitos de edad y cotización para la jubilación ordinaria.
- Si falta cotización para tener derecho al cien por ciento de la pensión ordinaria contributiva, la persona trabajadora puede permanecer en activo hasta completar el período mínimo.
- La extinción por jubilación requiere que la normativa permita reponer la baja mediante otro empleo fijo, incluida la estabilización de empleos temporales.
- Se crea una alternativa de baja incentivada para personas trabajadoras de entre 61 y 63 años, incluidos, con al menos 15 años de antigüedad.
- La baja incentivada da derecho al 85 % del salario bruto que se habría abonado hasta la edad ordinaria de jubilación, como máximo durante 4 años y sin actualización.
- Las bajas incentivadas requieren autorizaciones y consignación presupuestaria suficiente, y no pueden superar el 10 % de las peticiones en un período de un año.
- Para priorizar solicitudes se tendrá en cuenta que no se pueda acceder a la jubilación parcial, que el trabajo implique penosidad y exigencia física, y que la retribución no supere los 50.000 euros brutos anuales.
- La reposición anual de las bajas no puede superar el coste de la masa salarial de las bajas producidas.
Qué hay que hacer
- Quien quiera solicitar una baja incentivada debe pedirla a la empresa; la concesión depende de las necesidades organizativas, la disponibilidad presupuestaria y la concurrencia de voluntades entre la empresa y la persona trabajadora.
Plazos
- La vigencia del plan de bajas incentivadas es de cuatro años desde la publicación en el BOE del acuerdo.
Preguntas y respuestas
¿A partir de qué edad puede extinguirse el contrato por jubilación?
Según los requisitos actuales que recoge el acuerdo, al cumplir una edad igual o superior a 68 años y reunir los requisitos para tener derecho al cien por ciento de la pensión ordinaria contributiva.
¿Qué ocurre si no se ha completado el período mínimo de cotización?
La persona trabajadora puede permanecer en activo hasta completarlo; el contrato se extinguirá al completar ese período.
¿Quién puede acogerse a una baja incentivada?
Puede solicitarla la persona trabajadora de entre 61 y 63 años, incluidos, con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. La concesión también depende de las necesidades organizativas, las autorizaciones y la disponibilidad presupuestaria.
¿Cuánto se paga por una baja incentivada?
El 85 % del salario bruto que la empresa habría abonado si la persona hubiera seguido en activo hasta la edad ordinaria de jubilación, como máximo durante 4 años y sin actualización.
¿Cuánto dura el plan de bajas incentivadas?
Cuatro años desde la publicación del acuerdo en el BOE. Para superar ese plazo, el acuerdo prevé obtener nuevas autorizaciones.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 7 de noviembre de 2022
- Publicada en el BOE
- 18 de noviembre de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-19063- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Convenios colectivos · Empresa de Transformación Agraria
Normas que cita o modifica
- añade los arts. 55 bis y 56 bis al Convenio publicado por Resolución de 23 de febrero de 2011 (en el BOE)
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
Otras normas que menciona (2)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 21/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre (en el BOE)