Resolución

Convenio colectivo que regula las condiciones laborales del personal de varias empresas del grupo Generali España

Título oficial: Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo del grupo Generali España.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 18 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-19064 64 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

El convenio se aplica al personal con relación laboral común de las empresas del grupo Generali España en todo el Estado. Regula, entre otras materias, jornada, permisos, traslados, salarios y prestaciones.

El convenio tiene vigencia desde su publicación en el BOE hasta el treinta y uno de diciembre de 2025. Se prorroga de año en año si no se denuncia entre el 1 y el 31 de diciembre del año de vencimiento o de una prórroga.

Se aplica al personal con relación laboral común de las empresas enumeradas, pero excluye, entre otros, al personal de Alta Dirección, a agentes y mediadores de seguros y a quienes prestan servicios por una relación mercantil o civil. El texto regula las condiciones de trabajo y económicas; el fragmento disponible incluye jornada, vacaciones, permisos, movilidad, previsión social y otras prestaciones.

A quién afecta

  • Personal con relación laboral común de las empresas del grupo Generali España incluidas en el convenio, en sus centros de trabajo de todo el Estado

Qué cambia

  • Fija una jornada de 1.650 horas de trabajo efectivo anual y regula horarios, periodos de coincidencia y recuperación de horas.
  • Establece 26 días laborables de vacaciones y días adicionales para ciertos grupos de edad y para personal con discapacidad certificada igual o superior al 33%.
  • Regula permisos retribuidos y no retribuidos, excedencias y condiciones para solicitarlos.
  • Establece procedimientos, preavisos y compensaciones para traslados y desplazamientos.
  • Define componentes salariales y el pago de la remuneración anual en catorce pagas.
  • Incluye prestaciones complementarias, seguros, descuentos en seguros, premios de permanencia, préstamos, anticipos y un cheque regalo anual de 110 euros brutos.
  • Prevé un sistema propio de ascensos y promociones, con periodos de prueba de 6 meses en los supuestos indicados.

Qué hay que hacer

  • Para solicitar vacaciones, comunicar a la empresa todas las fechas previstas antes del 1 de mayo de cada anualidad.
  • Para disfrutar de los días de libre disposición, avisar a la persona responsable con una antelación mínima de 48 horas y obtener su autorización.
  • Para solicitar una excedencia, comunicarlo por escrito a la empresa con al menos un mes de antelación; para pedir la reincorporación, dar también un preaviso de 1 mes.
  • Si se propone cesar voluntariamente, comunicarlo a People & Organization con 1 mes de preaviso para los Grupos Profesionales 0, I y II, o 15 días para los Grupos Profesionales III y IV.

Plazos

  • Vigencia desde la publicación en el BOE hasta el treinta y uno de diciembre de 2025.
  • La denuncia del convenio debe producirse entre el 1 y el 31 de diciembre del año de vencimiento o de cualquiera de sus prórrogas.
  • Las personas trabajadoras deben comunicar las fechas de vacaciones antes del 1 de mayo de cada anualidad.
  • Los días de libre disposición deben comunicarse con una antelación mínima de 48 horas.
  • La solicitud de excedencia debe comunicarse con un mes de antelación como mínimo; para la reincorporación se exige un preaviso de 1 mes.
  • El preaviso de cese voluntario es de 1 mes para los Grupos Profesionales 0, I y II y de 15 días para los Grupos Profesionales III y IV.

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica el convenio?

Al personal de las empresas del grupo incluidas en el texto que tenga una relación laboral común. Se aplica a sus centros de trabajo en todo el territorio del Estado Español.

¿Quiénes quedan excluidos?

Entre otros, el personal de Alta Dirección, los agentes y mediadores de seguros y quienes prestan servicios a las empresas mediante una relación mercantil o civil.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

26 días laborables al año. El texto añade días para el personal que cumpla 60 o más años y para quienes tengan una discapacidad certificada igual o superior al 33%.

¿Cuántas horas de jornada anual establece?

1.650 horas de trabajo efectivo anual.

¿Cuándo deben comunicarse las fechas de vacaciones?

La empresa debe conocerlas antes del 1 de mayo de cada anualidad.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
8 de noviembre de 2022
Publicada en el BOE
18 de noviembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-19064
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Convenios colectivos · Entidades aseguradoras · Seguros

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (6)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.