Resolución

Convenio colectivo de Nokia Spain para su plantilla, con reglas sobre jornada, permisos, vacaciones y retribuciones

Título oficial: Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXV Convenio colectivo de Nokia Spain, SA.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 16 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-21381 52 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma es muy larga: esta explicación se hizo con su parte principal, sin anexos ni tablas.

El convenio se aplica, con excepciones, al personal activo de Nokia Spain en cualquier lugar donde trabaje. Regula, entre otras materias, jornada, vacaciones, permisos, excedencias y retribuciones durante 2022 y 2023.

La vigencia prevista es del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023, con prórroga anual tácita si ninguna parte lo denuncia. La jornada anual es de 1.680 horas y las vacaciones son de veinticinco días laborables. El convenio fija permisos retribuidos y no retribuidos, reducciones de jornada y excedencias, con distintos requisitos y plazos.

Se aplica al personal activo de la empresa, pero las personas del Grupo Profesional 00 quedan excluidas de algunas reglas sobre salarios, incrementos anuales y promociones. El texto también regula retribuciones y complementos, turnos y disponibilidad para determinados trabajos. El fragmento termina en una disposición sobre seguros, por lo que no permite resumir esa parte completa.

A quién afecta

  • Personal activo de Nokia Spain, SA, cualquiera que sea el lugar donde preste sus servicios
  • Personal del Grupo Profesional 00, con las exclusiones específicas sobre salarios, incrementos anuales y promociones
  • Personal técnico de las áreas de ingeniería, soporte técnico, instalación, prueba de equipos, operaciones, mantenimiento, asistencia técnica y resolución de contingencias técnicas

Qué cambia

  • Establece una jornada anual de 1.680 horas de trabajo efectivo.
  • Fija veinticinco días laborables de vacaciones al año y regula su planificación y disfrute.
  • Regula reducciones de jornada, permisos retribuidos y no retribuidos y excedencias, con requisitos distintos según el motivo.
  • Establece reglas de turnos, disponibilidad e intervenciones, incluidas compensaciones económicas para determinados colectivos.
  • Regula la retribución fija, variable y flexible, además de complementos y beneficios sociales.
  • Prevé que los importes económicos de 2022 y 2023 sean los mismos que los pactados en el XXIV Convenio, salvo que el propio texto indique expresamente otra cosa.

Qué hay que hacer

  • Quien solicite una reducción de jornada debe avisar a la empresa con al menos 15 días antes de la fecha prevista para aplicarla.
  • Quien planifique vacaciones debe acordarlas con su supervisor con al menos dos meses de antelación.
  • Quien vaya a disfrutar permisos retribuidos debe avisar y justificarlos; para algunos permisos, la situación familiar debe estar inscrita y comunicada a Recursos Humanos antes de su disfrute.
  • Quien ejerza los períodos semanales de suspensión por nacimiento o adopción debe comunicarlo a la empresa con al menos quince días de antelación.
  • Quien solicite una baja voluntaria o excedencia debe preavisar a la empresa a través de Recursos Humanos: 15 días naturales para los colectivos indicados en el convenio y 30 días naturales para los grupos profesionales 05, 06, 07 y 00.

Plazos

  • Vigencia prevista: del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
  • Denuncia del convenio: con al menos tres meses de antelación a la fecha de finalización de la vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.
  • Reducción de jornada: preaviso de al menos 15 días.
  • Planificación de vacaciones: al menos dos meses de antelación.
  • Disfrute de vacaciones no tomadas por necesidades de trabajo: hasta el 30 de abril del año siguiente.
  • Vacaciones coincidentes con una incapacidad temporal por contingencias distintas de las señaladas en el convenio: podrán disfrutarse mientras no hayan transcurrido más de dieciocho meses desde el final del año en que se originaron.
  • Baja voluntaria o excedencia: preaviso de 15 días naturales o 30 días naturales, según el grupo profesional.
  • Promociones: proceso entre febrero y abril de cada año, con efectos desde el 1 de julio.

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica el convenio?

Al personal activo de Nokia Spain, SA, cualquiera que sea el lugar donde trabaje. El Grupo Profesional 00 queda excluido de algunas reglas sobre salarios, incrementos anuales y promociones.

¿Cuántos días de vacaciones establece?

Veinticinco días laborables. Como regla general, deben disfrutarse durante el año natural; si no se pudieron tomar por necesidades de trabajo, pueden disfrutarse hasta el 30 de abril del año siguiente.

¿Cuándo hay que avisar para pedir una reducción de jornada?

Con al menos 15 días antes de la fecha prevista para aplicarla.

¿Qué jornada anual establece?

1.680 horas anuales de trabajo efectivo.

¿Cuántos días de permiso hay por matrimonio de la persona trabajadora?

Quince días naturales. El permiso también se aplica a la constitución legal de una pareja de hecho si se cumplen las condiciones indicadas en el convenio.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
30 de noviembre de 2022
Publicada en el BOE
16 de diciembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-21381
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Convenios colectivos · Telecomunicaciones

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (4)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.