Resolución

Actualiza los costes máximos de financiación para operaciones de deuda de comunidades autónomas y entidades locales

Título oficial: Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 10 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-20873 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

La resolución publica una nueva tabla de tipos fijos y diferenciales para calcular el coste máximo de ciertas operaciones de endeudamiento. Si el coste máximo de un préstamo resulta negativo, puede formalizarse a un tipo del 0 %.

La nueva tabla recoge los tipos fijos y diferenciales máximos del coste de financiación del Estado. Las administraciones con herramientas propias de valoración o asesoramiento externo independiente pueden calcular ese coste según la metodología indicada en la resolución de 2017; las demás deben utilizar la tabla publicada mensualmente. Los costes publicados siguen vigentes hasta que se publiquen otros nuevos.

Si la vida media exacta de una operación no aparece en la tabla, el tipo o diferencial se calcula por interpolación lineal entre los dos valores más cercanos. Para operaciones a tipo fijo con un periodo de devengo de intereses distinto al año, se calcula el tipo equivalente al tipo fijo anual. Si el coste máximo de una operación de préstamo es negativo, puede formalizarse a un tipo del 0 %.

A quién afecta

  • Comunidades autónomas
  • Entidades locales

Qué cambia

  • Se actualiza el anexo 1 con los tipos fijos y diferenciales máximos del coste de financiación del Estado.
  • Los tipos o diferenciales para plazos medios no incluidos en la tabla se obtienen por interpolación lineal entre los dos valores más cercanos.
  • Si el coste total máximo de un préstamo es negativo, puede formalizarse a un tipo del 0 %.

Preguntas y respuestas

¿Qué administraciones pueden calcular el coste de financiación con medios propios?

Las comunidades autónomas y entidades locales que cuenten con herramientas de valoración propias o con asesoramiento externo independiente.

¿Qué deben utilizar las demás administraciones?

La tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos que se publiquen mensualmente.

¿Qué ocurre si el plazo medio exacto no aparece en la tabla?

El tipo o diferencial se obtiene por interpolación lineal entre los dos valores más cercanos.

¿Puede formalizarse un préstamo a tipo del 0 %?

Sí. Si el coste total máximo de la operación de préstamo es negativo, puede formalizarse a un tipo del 0 %.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Fecha de la norma
9 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
10 de diciembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-20873
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración Local · Comunidades Autónomas · Deuda Pública · Financiación de las Comunidades Autónomas · Intereses · Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional

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