Resolución

Convenio laboral de Avatel Telecom para sus centros de Alicante, Madrid y Málaga

Título oficial: Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Avatel Telecom, SA, para los centros de trabajo de Alicante, Madrid y Málaga.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 23 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-22082 27 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

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La norma incluye tablas que esta explicación no recoge: consulta en el texto oficial las cifras, plazos o listas que aparezcan en ellas.

El convenio fija condiciones laborales y económicas para el personal de Avatel Telecom que trabaja en los centros de Alicante, Madrid y Málaga. Incluye reglas sobre jornada, vacaciones, permisos, salarios, contratación y otros aspectos del trabajo.

Se aplica al personal con relación laboral con Avatel Telecom en esos tres centros. Está vigente desde su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2024; después, su contenido seguirá aplicándose hasta que se alcance un nuevo acuerdo.

Entre otras medidas, establece una jornada máxima de 1.752 horas anuales, 23 días laborables de vacaciones, permisos retribuidos y condiciones para reducciones de jornada y excedencias. También fija reglas salariales, complementos, dietas, desplazamientos, contratación, clasificación profesional, igualdad y seguridad y salud laboral.

A quién afecta

  • Personal de Avatel Telecom con relación laboral en los centros de Alicante, Madrid y Málaga

Qué cambia

  • Fija una jornada ordinaria máxima de 1.752 horas anuales y un descanso de 15 minutos en jornadas que excedan de 6 horas continuadas.
  • Reconoce 23 días laborables de vacaciones y regula permisos retribuidos, excedencias y reducciones de jornada.
  • Establece las tablas salariales y actualizaciones salariales para el 1 de enero de 2023 y el 1 de enero de 2024, con un máximo del 2% en cada actualización.
  • Fija complementos y pagos por trabajo nocturno o festivo, guardias de disponibilidad, kilometraje y dietas.
  • Regula los tipos de contrato, los períodos de prueba, los ascensos y los ceses voluntarios.
  • Establece una ayuda de 200 euros al año por cada hijo de entre 0 y 3 años.
  • Prevé el derecho a la desconexión digital, salvo para quienes estén a disposición de la compañía y perciban un complemento de disponibilidad.
  • Regula las condiciones de desplazamiento, el régimen disciplinario y las medidas de igualdad y seguridad laboral.

Qué hay que hacer

  • Para solicitar una excedencia regulada en el artículo 12, presentar una solicitud por escrito con al menos treinta días naturales de antelación.
  • Para pedir una reducción de jornada por guarda legal, avisar por escrito a la empresa con al menos 15 días naturales de antelación e indicar el horario y la fecha de finalización.
  • Para acumular el permiso de lactancia, solicitarlo por escrito con 15 días naturales de anterioridad a la reincorporación después del permiso por nacimiento y cuidado del menor.
  • Para pedir la ayuda por hijo de entre 0 y 3 años, presentar un documento acreditativo.

Plazos

  • Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; el contenido seguirá aplicándose hasta que se alcance un nuevo acuerdo.
  • Actualización de tablas salariales y del plus Carencia de Incentivos el 1 de enero de 2023, según el IPC para el año 2022, con un máximo del 2%.
  • Actualización de tablas salariales y del plus Carencia de Incentivos el 1 de enero de 2024, según el IPC para el año 2023, con un máximo del 2%.
  • Las vacaciones deben disfrutarse, como regla general, de enero a diciembre; la fecha máxima es el último día de febrero del año siguiente a su devengo.
  • La ayuda por hijo de entre 0 y 3 años se abona una vez entre los meses de agosto y octubre.
  • El permiso de lactancia acumulado es de 15 días naturales; en caso de parto múltiple, es de 22 días naturales.
  • Para el permiso previo a maternidad, la trabajadora puede solicitar 15 días naturales antes de la fecha prevista de parto.

Preguntas y respuestas

¿A qué trabajadores se aplica el convenio?

Al personal con relación laboral con Avatel Telecom que trabaje en los centros de Alicante, Madrid y Málaga.

¿Cuántas horas de trabajo establece como máximo?

La jornada ordinaria máxima es de 1.752 horas anuales.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Corresponden 23 días laborables. Como regla general, deben disfrutarse de enero a diciembre y, como máximo, hasta el último día de febrero del año siguiente a su devengo.

¿Hay una ayuda por hijos pequeños?

Sí. Se abonarán 200 euros al año por cada hijo de entre 0 y 3 años, previa presentación de un documento acreditativo. El pago se hará una vez entre agosto y octubre.

¿Se puede trabajar con horario flexible?

El convenio prevé una flexibilidad de media hora en la entrada y la salida para los puestos cuya naturaleza lo permita.

¿Se mantiene el convenio después del 31 de diciembre de 2024?

Sí. Su contenido seguirá aplicándose hasta que se alcance un nuevo acuerdo.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
12 de diciembre de 2022
Publicada en el BOE
23 de diciembre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-22082
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Alicante · Convenios colectivos · Madrid · Málaga · Telecomunicaciones

Normas que cita o modifica

Otras normas que menciona (5)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.