Revisión salarial 2023 del VIII Convenio de universidades privadas y centros de postgrado
Título oficial: Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2023 y las correspondientes tablas salariales del VIII Convenio colectivo nacional de universidades privadas y centros de formación de postgraduados.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Acuerdo de subida salarial del VIII Convenio colectivo nacional para 2023. Incremento del 3,5% para todas las categorías, con entrada en vigor el 1 de enero de 2023.
Se registra y publica la revisión salarial y las tablas salariales del VIII Convenio colectivo nacional de universidades privadas, centros universitarios privados y centros de formación de postgraduados.
Las organizaciones patronales y sindicales firmantes acuerdan un incremento salarial del 3,5% para el año 2023 aplicable a todas las categorías y a todos los conceptos. La revisión entra en vigor a partir del 1 de enero de 2023. Además, se establece que las personas trabajadoras a jornada completa no percibirán un salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
A quién afecta
- personas trabajadoras a jornada completa afectadas por el VIII Convenio colectivo nacional de universidades privadas, centros universitarios privados y centros de formación de postgraduados
- empresas del sector incluidas en el ámbito del VIII Convenio colectivo nacional de universidades privadas y centros de formación de postgraduados
Qué cambia
- Incremento salarial del 3,5% para el año 2023 para todas las categorías y para todos los conceptos.
- Entrada en vigor de la revisión salarial a partir del 1 de enero de 2023.
- Garantía de que las personas trabajadoras a jornada completa no perciban un salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
Qué hay que hacer
- Registro de la revisión salarial en el Registro de convenios colectivos con notificación a la Comisión Negociadora (ya ordenado).
Plazos
- 1 de enero de 2023 (entrada en vigor de la revisión salarial)
Preguntas y respuestas
¿Cuál es el porcentaje de subida salarial para 2023?
El incremento acordado es del 3,5% para todas las categorías y todos los conceptos.
¿Desde cuándo se aplica la revisión salarial?
La entrada en vigor será a partir del 1 de enero de 2023.
¿Se puede cobrar menos que el Salario Mínimo Interprofesional?
No; las personas trabajadoras a jornada completa en ningún caso percibirán un salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
Quién registró y publica la revisión salarial
La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción en el Registro correspondiente y dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 9 de enero de 2023
- Publicada en el BOE
- 19 de enero de 2023
- Identificador
BOE-A-2023-1570- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Centros de enseñanza privada · Convenios colectivos · Enseñanza Universitaria · Enseñanza Universitaria de Posgrado · Universidades
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
- en relación con el Convenio publicado por Resolución de 27 de agosto de 2019 (en el BOE)