Resolución

V Convenio colectivo de Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, SL

Título oficial: Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, SL.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 19 de enero de 2023 BOE-A-2023-1569 38 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Convenio colectivo de empresa que regula condiciones de trabajo, retribuciones, jornada y derechos laborales de SLCA para 2022-2023. Tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

El texto regula las condiciones laborales de la compañía Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, SL (SLCA). Incluye ámbitos territorial, personal y temporal; clasificación profesional por grupos; organización del trabajo; retribuciones y pluses; jornada y turnos; vacaciones; beneficios sociales; disciplina; contratación, periodos de prueba y ceses; permisos y excedencias; prevención de riesgos; formación; derechos sindicales; procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos; y desarrollo de la carrera profesional.

El convenio establece además una Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación que actúa como órgano de interpretación, vigilancia y solución extrajudicial de conflictos, y regula composición, procedimiento y funciones; fija plazos y mecanismos de mediación y arbitraje; y remite a anexos los valores concretos de salarios base y pluses.

A quién afecta

  • Personal que presta sus servicios en la compañía SLCA, SL y los que ingresen durante su vigencia
  • Empleados incluidos en el Grupo Profesional de Técnicos que voluntariamente pacten con la Dirección quedar excluidos respecto de los conceptos salariales retributivos (excepción)

Qué cambia

  • Aplicación del convenio a la totalidad de centros de trabajo en España de SLCA
  • Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 y entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE
  • Clasificación profesional en cinco Grupos Profesionales (Técnicos; Supervisores; Operadores conductores-abastecedores; Operarios; Administrativos)
  • Retribuciones en 15 pagas e incremento salarial pactado: subida del 4 % para 2022 y del 3,60 % para 2023 con cláusula de revisión según IPC real de 2022 y 2023
  • Establecimiento de pluses: nocturnidad, festividad, mando, flexibilidad, turnicidad, dispo y horas extraordinarias (valores en anexos)
  • Jornada anual máxima: 219 jornadas y 1752 horas; turnos y posibilidad de turnos solapados y jornada partida voluntaria
  • Seguro colectivo de vida y accidente y otros complementos (complemento por IT hasta 100 %; ayudas a familiares con discapacidad; premio de jubilación de 3.000 euros)
  • Procedimientos obligatorios de mediación y posible arbitraje antes de acciones colectivas como la huelga

Qué hay que hacer

  • Si el empleado quiere el prorrateo de las pagas extraordinarias: solicitarlo a primeros de cada año para implementarlo en la nómina de enero, o en el momento del alta en la Compañía.

Plazos

  • Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023
  • Entrada en vigor: a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
  • Plazos de resolución de la Comisión Paritaria: 1 mes para asuntos ordinarios y 1 semana para extraordinarios
  • Para cambios de turno o descanso: preaviso mínimo de cinco días salvo casos previstos en la legislación vigente
  • Cuadrantes: entregados a la representación de los trabajadores el día 5 de cada mes y publicados el día 10 del mismo; periodo de aplicación de 20 a 19 de cada mes
  • Plazo para que el empleado alegue ante notificación de hechos sancionables: siete días naturales; la Dirección decide en cinco días naturales tras analizar alegaciones
  • Plazos de prescripción de faltas: leves 10 días, graves 20 días, muy graves 60 días a partir del conocimiento por la Dirección, y en todo caso a los seis meses de haberse cometido
  • Plazo máximo para disfrutar descansos compensatorios por horas extraordinarias: 4 meses
  • Plazo de mediación general: diez días; si es mediación previa a huelga: setenta y dos horas; mediación en conflictos que afecten a una sola comunidad autónoma: diez días; para huelga SIMA dispone de 24 horas para atender y designar mediadores

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica este convenio?

Al personal que presta sus servicios en la compañía SLCA, SL y a los que ingresen durante su vigencia, con la excepción voluntaria señalada para algunos Técnicos respecto de conceptos salariales retributivos.

¿Cuál es la vigencia del convenio?

Entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOE y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Qué subida salarial pactada recoge el convenio?

Se fija una subida del 4 % para 2022 y del 3,60 % para 2023, con cláusula de revisión según IPC real de 2022 y 2023 y reparto del exceso (60 % empresa y 40 % empleados) hasta un máximo del 12 % acumulado.

¿Cuántas jornadas y horas anuales son la máxima?

Máximo de 219 jornadas de trabajo anual y 1752 horas anuales.

Qué procedimiento es obligatorio antes de interponer una demanda por conflicto colectivo?

Agotar el procedimiento de mediación, previa sumisión del conflicto ante la Comisión Paritaria; la mediación es preceptiva como requisito preprocesal.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
9 de enero de 2023
Publicada en el BOE
19 de enero de 2023
En vigor desde
20 de enero de 2023
Identificador
BOE-A-2023-1569
Última actualización en el BOE
1 de octubre de 2026

Temas

Materias: Convenios colectivos · Hidrocarburos · Transportes

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan

Otras normas que menciona (3)

Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.